¿Qué ha pasado este sábado, 6 de diciembre, en Extremadura?
Instante de la primera sesión del juicio, celebrado en la Audiencia Provincial. A. MÉNDEZ

Absueltos los tres sanitarios acusados de acceder a historias médicas en Valencia de Alcántara

Un médico y dos enfermeras se enfrentaban a peticiones de cárcel desde los tres a los cinco años, inhabilitación absoluta desde los seis a los nueve años y multas desde los 6.600 a los 7.200 euros

Miércoles, 22 de junio 2022, 16:42

El médico y las dos enfermeras del centro de salud de Valencia de Alcántara acusados de acceder a los historiales médicos de una compañera, al de su marido y dos hijos, han quedado absueltos por la Audiencia Provincial de Cáceres.

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La sentencia indica que varios de los apuntes de asistencias y citas sobre el que se basa la acusación no se corresponden con acceso a la historia clínica de la denunciante, sino a otros datos como la agenda del paciente, administrativos o cuyo acceso no queda registrado.

No queda acreditado, además, que los accesos hayan ocasionado perjuicio alguno. Respecto al único acceso acreditado, no es posible determinar si se limitó a la pantalla inicial -donde no hay datos clínicos- o si se llegó a acceder a datos relativos a la salud de la compañera. Además, se hace hincapié que en los listados de accesos a los datos del marido de la denunciante y de sus hijos no consta ni un solo acceso por parte de los acusados.

Y en cuanto a los accesos a la base de datos de análisis Cornalvo, no se aprecia dolo genérico que se requiere respecto del carácter reservado de los datos, es decir, la intención de causar un daño, ya que para el personal sanitario del centro los resultados habían dejado de ser entre ellos reservados. «La conclusión no puede ser otra que el dictado de una sentencia absolutoria para los tres acusados», recoge la sentencia.

El pasado 17 de mayo tuvo lugar la primera sesión del juicio en la Audiencia Provincial de Cáceres, en el que los tres acusados se enfrentaban a peticiones de cárcel desde los tres a los cinco años, inhabilitación absoluta desde los seis a los nueve años y multas desde los 6.600 a los 7.200 euros. Además, una indemnización por daño moral de manera conjunta y solidaria para la denunciante y su familia.

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En los fundamentos jurídicos del fallo, la sala señala el hecho de «habiendo sido cerca de dos docenas el número de profesionales que accedieron a Cornalvo en busca del resultado de sus pruebas PCR», la enfermera dirija su denuncias solo contra tres de ellos, con los que mantuvo malas relaciones hasta el punto de formularse denuncias y quejas por vía administrativa que dieron lugar a un proceso de mediación «que no parece que tuviera éxito».

La denunciante relató que sufrió «un hostigamiento a diario» después de salir supervisora de enfermería, quitando el puesto a la acusada. Después de tener la covid en 2022, se percató de que habían estado mirando su historial clínico y el de su familia. Por su parte, los acusados declararon que eran víctimas de la que fue su compañera y negaron que hubiera accedido a su historial médico. La enfermera que inició la querella ha sido denunciada a su vez por el médico ahora absuelto, y que acusa a la mujer de haber hecho lo mismo con su historial.

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Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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