El TSJEx avala el concurso de ambulancias que ganó Tenorio
La sala de lo Contencioso Administrativo rechaza el recurso del Consorcio Extremeño contra EL pliego de la licitación
redacción
Martes, 26 de junio 2018, 14:07
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso del Consorcio Extremeño de Transporte Sanitario contra el pliego del contrato del servicio de transporte sanitario terrestre en el ámbito del SES en el período 2017-2021.
Hay que recordar que el Consorcio quedó en segunda posición en dicho concurso, que fue ganado por Ambulancias Tenorio. En el fallo, proporcionado por esta última empresa, se rechazan una a una las alegaciones que la recurrente había planteado a la licitación en cuestión. Todas ellas son cuestiones técnicas, como la supuesta indefinición del pliego de condiciones o la presencia de mecanismos hidroneumáticos que permitan la entrada en las ambulancias de pacientes en sillas de ruedas. Pero el punto más llamativo hacía referencia al precio base del contrato.
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Argumentaba Tenorio que el presupuesto de la licitación no se correspondía con el valor de mercado del servicio solicitado, de forma que el SES partía de un precio de 34,9 millones de euros anuales y –según el demandante– el servicio no se podía prestar por un precio menor a los 41,7 millones, «existiendo por lo tanto un déficit anual de 6,8 millones de euros». Para defender su postura el Consorcio presentaba un informe de un perito.
Ante esto, la Administración regional oponía que el precio era el correcto si se comparaba con lo que se estaba pagando en regiones como Castilla y León o Castilla-La Mancha.Además, se defendía que los pliegos de licitación habían sido elaborados por funcionarios públicos, «a los que ha de reconocerse una objetividad e imparcialidad».
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A juicio de la sala, «no es ningún secreto afirmar que ante una determinada realidad de valoración técnica habrá tantas posturas como técnicos intervinientes, pero debe señalarse que quienes son los llamados preferentemente a valorar la cuestión son los técnicos de la administración, lo que también les otorga cierta preferencia».
Tras citar que la realidad de las dos regiones limítrofes es perfectamente comparable a la extremeña, asegura el fallo que «lo que no puede pretender la parte [en referencia al demandante] es que el contrato se adjudique por el precio que su perito entiende correcto, ya que es una postura incompatible con el debido actuar administrativo».
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Asimismo se impone unas costas máximas de 6.000 euros al Consorcio Extremeño de Ambulancias.
Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que deberá ser presentado en plazo de treinta días.
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