El TSJEx confirma la condena de 13 años y medio de cárcel por la violación en manada de Badajoz
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura coincide en que la víctima no estaba en condiciones de consentir la relación
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado en su integridad la sentencia que impuso la Audiencia Provincial de Badajoz a los tres jóvenes acusados de violar a una mujer en la rampa de una garaje de la Urbanización Guadiana de Badajoz,,
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Por esos hechos ocurridos durante la madrugada del 26 de septiembre de 2016 se impuso a cada uno de ellos una pena de 13 años y 6 meses de prisión, una condena que es ahora confirmada tras ser desestimados en su integridad los recursos presentados por las defensas de los procesados.
El fallo que ha sido dictado por el tribunal coincide plenamente con lo acordado por la Audiencia de Badajoz y ratifica que existe abundante prueba para corroborar la veracidad de la versión sostenida por la víctima.
En este sentido, el TSJEx indica que el día que ocurrieron los hechos la perjudicada no estaba en condiciones de consentir y tampoco de mantener relaciones sexuales grupales «ni oponerse a tal ilícita pretensión» dado que sucedió «en un lugar oculto, al fondo de una rampa pronunciada, acorralándola cuando tenía su voluntad anulada por la ingesta de alcohol».
La sola presencia de tres hombres de mayor corpulencia basta para infundir temor e intimidar a la víctima, prosigue el fallo que ahora se ha conocido. «Las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los recurrentes sin el libre consentimiento de la víctima en un ambiente intimidatorio, pues se vio acorralada ante la presencia de los tres individuos, y actuó ante el temor de que pudiera pasarle algo y en la creencia de que no iba a salir indemne de allí sin haber satisfecho los deseos sexuales de los procesados». «Hay intimidación y no hubo consentimiento alguno. En supuestos de gran embriaguez de la víctima, el Tribunal Supremo estima que no cabe apreciar su consentimiento».
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El fallo también valora el hecho de que los tres acusados reconocieran haber mantenido sexo oral con la víctima. «Los tres coincidieron en que la víctima era la que llevaba la iniciativa y quería mantener relaciones sexuales con todos los procesados. Fueron contestes en señalar (no discreparon) que iban bebidos los cuatro (la víctima y los tres agresores) y que uno de los acompañantes de la mujer ya les había advertido de que no se fueran con ella porque se iban a buscar un problema».
Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
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