Audiencia Provincial de Cáceres. HOY
Coronavirus

Tres años de cárcel por apalear a un anciano en Ceclavín que no salía de su casa por temor al virus

El agresor, que en el momento de los hechos se encontraba en estado de embriaguez, era vecino del hombre al que agredió para convercerle de que saliese de su casa

Tania Agúndez

Badajoz

Jueves, 17 de febrero 2022, 14:30

Un vecino de la localidad cacereña de Ceclavín ha sido condenado a tres años de cárcel por golpear con un palo a un anciano que no salía a la calle por temor a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus. El agresor, que en el momento de los hechos se encontraba en estado de embriaguez, era vecino del hombre al que agredió para convercerle de que saliese de su casa. El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres también ha condenado al acusado a cuatro años de alejamiento, con la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros del agredido. Además, tendrá que indemnizar a la víctima con 14.100 euros y al Servicio Extremeño de Salud (SES) con 2.421 euros.

Publicidad

Según recoge la sentencia, el acusado se personó antes de la agresión hasta en tres ocasiones en el domicilio de su vecino en Ceclavín, un hombre de avanzada edad que se resistía a salir a la calle por miedo a la situación generada por la pandemia de la covid-19. Ambos se conocían «de siempre» por ser vecino de sus propios padres. En esas visitas, trataba de convencer al anciano para que saliese de su casa.

Tal y como se especifica en el auto, el día 8 de febrero del año pasado, entre las 17:30 y las 18:30 horas, el inculpado optó por acudir una vez más a la vivienda de su vecino y, en esa ocasión, sin otro motivo que encontrarle en su casa y persuadirle para que saliese al exterior, acabó golpeándolo con un palo medianas dimensiones en la cabeza, produciéndole numerosas heridas en su rostro.

Como consecuencia de esta agresión, el hombre agredido sufrió numerosas fracturas con afectación en los huesos. Para la curación de estas heridas necesitó cuatro meses, concretamente 119 días, de los que cinco 5 fueron de perjuicio grave, 39 de perjuicio moderado y 75 de perjuicio básico. El agredido requirió una primera asistencia facultativa y un posterior tratamiento médico, en forma de intervención quirúrgica·que le provocó secuelas como la caída del párpado inferior que le obliga a usar lágrima artificial. También le produjo cicatrices en la ceja y en la nariz.

En el momento de los hechos el acusado se encontraba en estado de embriaguez. «Situación que, no obstante, no le impedía ser consciente de lo reprochable de su conducta», se puntualiza en la sentencia.

Publicidad

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer Recurso de Apelación.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Primer mes sólo 1€

Publicidad