¿Qué ha pasado este jueves, 4 de diciembre, en Extremadura?
El TSJEx ha confirmado la pena impuesta por la Audiencia de Cáceres. HOY

Condenan a un hombre a 7 años de cárcel por agresión sexual a su hija adoptiva con discapacidad

El TSJEx confirma las penas impuestas al acusado por la Audiencia Provincial de Cáceres y le retira la patria potestad

A. B. Hernández

Lunes, 7 de julio 2025, 07:29

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la condena a 7 años de cárcel para un hombre acusado de un ... delito continuado de agresión sexual contra su hija adoptiva, una menor con discapacidad intelectual. El TSJEx ha rechazado el recurso de apelación presentado por el condenado y ha mantenido las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Cáceres en febrero de este año.

Publicidad

Además de la pena de prisión, con inhabilitación para ejercer derechos políticos durante la condena, el tribunal impone al hombre la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante 14 años, inhabilitación para trabajar con menores durante el mismo período y la pérdida de la patria potestad sobre la menor, a la que deberá indemnizar con 10.000 euros. Transcurrida la condena de cárcel, quedará bajo libertad vigilada siete años más.

Según lo probado en el juicio, el acusado abusó sexualmente de la menor entre 2021 y 2023, siendo sometida a tocamientos no consentidos en el domicilio familiar, buena parte de ellos cuando la niña acudía a la habitación de su padre adoptivo para darle los buenos días. En varias ocasiones, además, éste le pidió que le mostrara o tocara partes íntimas, llegando a realizar actos de acoso sexual cuando ella se negaba.

La menor le contó a su madre lo que estaba viviendo, la mujer lo denunció ante la Guardia Civil, que realizó la investigación pertinente, y la Audiencia de Cáceres condenó al hombre. Su defensa recurrió en apelación ante el TSJEx y pidió su absolución al considerar que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia y cuestionó la validez del testimonio de la víctima por su discapacidad.

Publicidad

La declaración

Sin embargo, el tribunal rechaza estos argumentos, señalando que la declaración de la menor se obtuvo con todas las garantías legales, incluyendo la intervención de especialistas, cuya imparcialidad también cuestiona el recurso y niega el TSJEx.

«La declaración de la víctima es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, sobre todo en delitos en los que se busca la intimidad y la ausencia de miradas ajenas para su realización, ello con independencia de que al tratarse de prueba única deban extremarse las precauciones en cuanto a su valoración y ponderación», recuerda el tribunal.

Publicidad

«En su declaración la menor expone los tocamientos que su progenitor adoptivo le realizó a lo largo de varios años, tocamientos unas veces de los pechos, y otras veces de los genitales externos, ofrece detalles de los momentos y de los lugares en los que ocurría, frecuentemente cuando subía al dormitorio de su progenitor a darle las buenas noches o los buenos días y cuando el mismo se encontraba en la cama, su madre estaba trabajando y estaban solos en la casa, y también es capaz de concretar aproximadamente la edad que tenía cuando comenzaron esos tocamientos, 14 años», dice el TSJEx en su sentencia.

«El contenido delictivo es fácil detraerlo de estos hechos, todos ellos atentatorios contra la libertad sexual de una persona, ninguna contradicción se encuentra en el contenido global del relato, es más, no podemos sino llamar la atención de que en ningún caso se aprecia exacerbación alguna de los hechos».

Publicidad

Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Supremo.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Primer mes sólo 1€

Publicidad