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Meloncillo junto a una charca de agua CEDIDA
FEDEXCAZA

Satisfacción en el sector cinegético por la autorización para el control del meloncillo

La Junta también permite el enterramiento de cadáveres de perros de caza y da solución a un conflicto creado por la Ley de Bienestar Animal

REDACCIÓN

Jueves, 22 de febrero 2024, 19:03

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La Federación Extremeña de Caza (Fedexcaza) se muestra satisfecha ante la autorización de la Junta de Extremadura para el control del meloncillo. Se trata de un anuncio que da respuesta a un compromiso adquirido con el sector cinégetico tras la celebración de varias reuniones con el director general de Sostenibilidad, Germán Puebla. Fedexcaza exigía su control con el objetivo de evitar los daños que ocasiona a la fauna silvestre, a las especies protegidas y a la ganadería.

El periodo establecido para su control comprende desde el 12 de octubre al 28 de febrero, siempre en horario diurno, entre la salida y la puesta de sol y las solicitudes para aquellos cotos que lo requieran ya está disponible. Los interesados pueden ponerse en contacto para tramitarla con la sede central de Badajoz, con las oficinas comarcales ( ubicadas en Quintana de la Serena, Llerena, Calzadilla y Brozas) o con la oficina provincial de Navalmoral de la Mata.

Este herpéstido se ha expandido considerablemente por Extremadura en las últimas décadas y ocupa todo el territorio sin ningún tipo de control. En el país vecino de Portugal está considerado una especie cinegética, un hecho que hacía aún más inexplicable que en Extremadura no se pudiera controlar.

Enterramiento de cadáveres de perros de caza

Tras la aprobación de la Ley 7/2023 de protección y los derechos del bienestar de los animales, donde se excluye a los perros de caza de su aplicación, la resolución publicada hoy también da solución a qué hacer con los cadáveres de los perros de caza, perros pastores y perros de guarda de ganado, ya que contempla que «podrán enterrarse siempre y cuando cumplan unos requisitos».

Solo podrán eliminarse mediante enterramiento aquellos animales que no hayan muerto como consecuencia de enfermedades de declaración obligatoria, explica Fedexcaza.

Los enterramientos se realizarán evitando la contaminación. Deberán guardar una distancia mínima de 250 metros a algún punto de agua potable y 50 metros de cualquier curso de agua y deberán realizarse con una profundidad que garantice que los animales carroñeros no puedan acceder a ellos.

Otro de los requisitos contempla que los cadáveres, antes de ser enterrados, deberán ser cubiertos o impregnados con un desinfectante apropiado.

Además, la baja del animal se deberá comunicar al Colegio Oficial de Veterinarios correspondiente en el plazo máximo de un mes desde que se produjo la muerte.

La Federación Extremeña de Caza lanzó un comunicado la semana pasada en el que se aclaraba que no era necesario cumplir los requisitos que pedían los colegios veterinarios.

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