Los okupas responden al Ayuntamiento de Cáceres: La Muela es su «vivienda habitual»
Presentan alegaciones al entender que la Ley les ampara y la administración solo puede acceder al inmueble de la Ribera con una orden judicial
Los okupas del autodenominado centro social autogestionado La Muela se mantienen firmes en su intención de seguir instalados en la nave que utilizan ... junto a la Ribera del Marco. Se trata de unas instalaciones municipales que estaban sin uso y que aseguran haber mejorado y acondicionado, como demuestran algunas fotografías que han aportado con el 'antes' y el 'después' de esas dependencias. Defienden que en los meses que llevan allí han dotado de contenido un espacio abandonado «para darle un uso abierto con actividades sociales, culturales...», como ya explicaron en un comunicado. El pleno aprobó el pasado octubre el desalojo de estas personas y dio un mes de plazo. Sin embargo, ellos se resisten.
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Es lo que se desprende de los escritos de alegaciones que han presentado tres personas y en los que aluden a que ese inmueble es su domicilio habitual, a pesar de tratarse de una propiedad municipal. Según sus argumentos, la administración no tiene potestad para echarles si no es con una orden judicial.
«Dicho inmueble constituye mi domicilio a todos los efectos legales oportunos y por ende el mismo se encuentra directamente protegido por el artículo 18.2 de la Constitución». Así se recoge literalmente en una de las alegaciones registradas en el Consistorio por un interesado. Recuerda que la Carta Magna reseña que el domicilio de una persona es «inviolable» y no se podrá acceder al mismo sin consentimiento del titular o resolución judicial. Por ello, recuerda al Ayuntamiento que pese a su potestad para recuperar sus bienes sin tener que recurrir a los tribunales, en este caso prevalece la «obligatoriedad de someter a control judicial las entradas domiciliarias». Insiste en que para acceder al domicilio del afectado «las administraciones públicas deberán obtener el consentimiento del mismo o, en su defecto, la oportuna autorización judicial».
«La entrada en el referido domicilio sin la oportuna autorización judicial» podría ser un delito denunciable en el juzgado, advierten al Consistorio»
No es esa la única alegación recibida. En otra muy parecida, otro afectado advierte al propio Consistorio: «Queremos señalar a este Ayuntamiento que el inmueble del cual se me pretende desalojar constituye vivienda habitual». Por ello, considera que es su domicilio a todos los efectos legales y «se encuentra directamente protegido» por la Constitución. Repite esa obligación legal de que los accesos domiciliarios sean tutelados por el juez. «Me veo en la obligación de advertirles –sugiere– que la entrada en el referido domicilio sin la oportuna autorización judicial podría dar lugar a la comisión de una serie de delitos que sin dudarlo pondríamos en conocimiento de los juzgados de instrucción».
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Notificación
A su vez, critica que el Ayuntamiento no haya notificado de forma directa la resolución para el desalojo de La Muela, una decisión que fue adoptada en el pleno ordinario del 17 de octubre con los votos del PP y Vox, la abstención del PSOE y el voto en contra de Unidas Podemos. De hecho, en esta reclamación se pide al Consistorio que proceda a notificar «formalmente» esa decisión para que los interesados puedan «impugnar la legalidad del expediente administrativo».
Hay una tercera alegación. La presenta un ciudadano natural de Honduras y que reitera los argumentos anteriores. Dice que La Muela es su «vivienda habitual». El Consistorio ha confirmado que figura como 'baja por caducidad en el padrón' desde 2020. En los otros dos casos, según los informes recabados, los alegantes residen en vías distintas a la calle Juventud, que es donde se ubica la nave municipal okupada, cerca de la Ribera. De esa forma, los servicios jurídicos municipales desmontan los argumentos que esgrimen las alegaciones.
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Quienes han reclamado dicen vivir en la nave de la Ribera del Marco pero en el padrón figuran en otros domicilios
«El inmueble ocupado no constituye vivienda habitual del interesado», concluye en su informe la responsable de la Sección de Patrimonio. Una nota simple del registro «acredita que el inmueble ocupado ilegalmente es titularidad del Ayuntamiento» y figura en el inventario como parte del Sistema General APE 32.02 Vistahermosa 2. Considera que el Consistorio tiene plena potestad para recuperar el inmueble. Descarta que no se haya producido notificación de las resoluciones tomadas sobre este asunto. Si los grupos siguen el criterio técnico, las reclamaciones de los okupas serán rechazadas.
Los técnicos defienden que se ha producido una «ocupación indebida»
Los informes jurídicos del Ayuntamiento proponen desestimar las alegaciones sobre La Muela. Entienden que se ha producido una «ocupación indebida del bien de dominio público» y titularidad municipal. La decisión puede pasar de nuevo por Pleno, y los grupos políticos deberán pronunciarse, en primer lugar en una próxima Comisión de Urbanismo. Los activistas de La Muela participaron en la sesión de octubre. Mostraron su rechazo a las decisiones municipales. Sostienen que el inmueble ha pasado «de ser algo parecido a un basurero a ser un espacio de desarrollo personal y colectivo». Decían ya entonces que medio millar de personas han tomado parte en sus actividades. Se manifestaron a las puertas del edificio consistorial ante la atenta vigilancia policial pero sin incidentes. Exhibieron pancartas en las que aludían a La Muela como «la casa del pueblo». Hicieron preguntas como: «¿Qué se va a hacer con el espacio tras el desalojo?», «¿qué alternativas dan a la ciudadanía que necesita un espacio libre tras echarlas de La Muela?», «¿por qué no preocupaba antes la seguridad de un espacio que ya se usaba y ahora sí preocupa?». Critican que no hubiese respuesta de los políticos y pese a ello siga adelante la propuesta para desalojarles.
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