Cuatro años y medio de cárcel para el ganadero de Jerez acusado de estafa
La Audiencia de Badajoz considera probado que nunca tuvo la intención de pagar los 1.148 cerdos que adquirió a una sociedad familiar
Cuatro años y medio de prisión es la pena que ha sido impuesta por la Audiencia Provincial de Badajoz al ganadero que la pasada semana ... fue sentado en el banquillo por no pagar los más de 1.000 cerdos que adquirió en 2017 a la Sociedade Agricola Garcia e Filhos LDA y a dos socios de esta empresa.
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El condenado por estos hechos es Emilio José Calero López., un empresario de Jerez de los Caballeros que, según se recoge en la sentencia, es el responsable único de una operación que fue abonada con pagarés asociados a una cuenta sin fondos.
En la sentencia se considera probado que la estafa existe porque Emilio José, administrador único de la mercantil Industrias Cárnicas Aromas de Extremadura de Jerez de los Caballeros, vendió los cerdos poco después de adquirirlos y, a pesar de ello, no depositó el dinero en esa cuenta.
Cree la Audiencia que el empresario era consciente de que no pagaría los 1.148 cerdos porque «fue demorando con diversas excusas el pago, entre ellas que no había vendido los animales o que no tenía liquidez, cuando ha quedado acreditado que todos los cerdos fueron vendidos y cobrados».
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Al tribunal también le sorprende que Aromas de Extremadura vendiese los cerdos por debajo del valor de compra a pesar de que el sacrificio y la venta de la carne se realizó de forma rápida.
Indica la sentencia que el empresario compró por un valor de 626.374 euros, cantidad a la que hay que sumar unos 6.000 euros por el transporte y otros 25.000 euros por el uso del matadero (maquila), cantidades que en ningún modo cubren los 527.000 euros que pagó la empresa a la que vendió la carne obtenida (Campodulce) y los 60.000 euros que obtuvo por algunos subproductos de esos cerdos. «Eso conlleva que se pierdan unos 70.000 euros sin causa justificada salvo que, como así consideramos, la intención fuera no pagar».
El tribunal refuerza la condena con otro hecho que considera relevante: el procesado trató de dar credibilidad a la operación haciéndose acompañar de su padre, un «profesional reconocido» en el mundo ganadero.
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Con todos estos elementos la Audiencia construye una sentencia condenatoria en la que se le impone una pena de 4 años y medio de prisión porque el valor de la estafa supera los 450.000 euros.
En este punto el tribunal rechaza lo argumentado por la defensa cuando planteó que no se superaban esos 450.000 euros porque algunas de las facturas habían sido hechas a nombre de dos personas que no se habían personado en la causa. La Audiencia considera que esa supuesta «falta de legitimación activa» no tiene cabida porque en este procedimiento penal se personó el Ministerio Fiscal para ejercer tanto la acción penal como la civil, razón por la que puede solicitar que sean indemnizadas «todas aquellas personas que hayan sido perjudicadas».
«Pero es que además la acusación particular (representada por el abogado Enrique del Río) engloba a una sociedad familiar en la que todos los hoy reclamantes tienen una cuota de participación», prosigue el fallo, en el que se indica que «los cerdos pertenecen a la misma explotación y que las facturas se hacen por los socios de forma indistinta por razones puramente fiscales».
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Absuelto el socio
En la parte final del fallo se abordan también las razones por las que es absuelto Raúl G. P., quien también era socio al 50% de Industrias Cárnicas Aromas de Extremadura.
El tribunal indica que «no consta de forma fehaciente» que tuviese una intervención material y directa en los hechos. «Él no es administrador de la empresa, niega en todo momento haber tenido participación alguna en los hechos, una declaración que es corroborada por el otro acusado, pero es que además no figura en el contrato de compraventa de los cerdos y no consta en los contratos de sacrificio y venta de carnes».
Por este motivo, el juzgado no sólo lo absuelve del delito de estafa sino que lo exime también, a título personal, de la obligación de devolver el dinero.
Con estos razonamientos el único condenado es Emilio José, a quien se le imponen 4 años y 6 meses de prisión y una multa de 7.200 euros (20 euros diarios durante 12 meses) a la que deberá hacer frente con una responsabilidad subsidiaria de tres meses de prisión en caso de impago.
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La sentencia, que puede ser recurrida, también inhabilita al acusado para ejercer una profesión u oficio relacionado con las labores de intermediación en la compra y venta de ganado durante cinco años, y al pago de la mitad de las costas procesales.
Igualmente deberá indemnizar a la Sociedad Agrícola Garcia e Filhos LDA y a dos de sus socios con los 626.374 euros que dejó a deber, siendo responsable civil subsidiario de esa cantidad la mercantil Industrias Cárnicas de Extremadura.
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