Badajoz
Condenan a ocho años de cárcel a un portugués que acuchilló a un taxista cuando lo llevaba a OlivenzaEl tribunal considera «inverosímil» la versión del condenado de que se defendió cuando el conductor trató de violarlo
La Audiencia Provincial de Badajoz condena a ocho años de cárcel por intento de asesinato y a indemnizar con 12.000 euros a la ... víctima a un ciudadano portugués que en mayo de 2024 apuñaló al taxista que le llevaba desde Elvas hasta Olivenza.
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El juicio oral se celebró hace dos semanas en Badajoz y en el mismo sorprendió el testimonio del condenado que afirmó que se había defendido cuando el taxista trató de violarlo. El tribunal considera inverosímil esta versión y también rechaza los argumentos de la defensa de que el condenado sufre problemas mentales, ya que estuvo más de diez años en una centro penitenciario psiquiátrico de Portugal tras matar a un hombre en Badajoz.
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La sentencia destaca que el taxista fue agredido mientras hacía su trabajo, un empleo que supone un riesgo como argumentó la acusación particular representada por la letrada Niobe Sánchez.
El fallo considera probado que el 15 de mayo de 2024 Antonio Luis M., de 55 años, se subió al taxi de la víctima en Elvas y le pidió al conductor que le llevase a Olivenza donde iba a comer con unos familiares. Una vez cerca de Puente Ajuda, según la fiscal, el acusado dio instrucciones al conductor para ir a una zona de campo donde estarían sus familiares. El taxista le dijo que no podía entrar por un camino porque su coche, un Mercedes, era demasiado bajo y podía sufrir daños.
El ataque
En ese momento el condenado se abalanzó «desde el asiento trasero del conductor presionando el cinturón de seguridad de este contra su cuello, le propinó con ánimo de acabar con su vida varias cuchilladas en la cara, en el cuello, en la región torácica y en la mano izquierda con una navaja, ocasionándole lesiones susceptibles de provocarle la muerte por la zona vital en la que fue alcanzado».
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La víctima, según contó el mismo en el juicio, logró asustar a su atacante fingiendo que tenía un arma de fuego, se soltó del cinturón y logró hacer huir a Antonio Luis M. que fue localizado horas después por la Guardia Civil y detenido. Por su parte el taxista se tapó las heridas con papel y fue capaz de conducir por su mismo hasta el Hospital de Elvas.
Además de rechazar su versión de la agresión sexual, el tribunal tampoco acepta como atenuante la supuesta enfermedad mental del condenado al no estar acreditado debidamente. De hecho los informes psiquiátricos señalan que se trata de un individuo imputable.
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Salud mental descartada
«La mención que hace al recurrente de tratarse de persona con dificultades para dar respuestas adecuadas en situaciones de estrés no puede dar lugar a una acreditación suficiente y de entidad para provocar la construcción técnica de una atenuante», dice la sentencia. «A todo esto, no podemos acudir al mero testimonio expresado en la vista por el perjudicado o del Guardia Civil antes reseñado sobre el hecho de que el acusado no estuviera »en sus cabales«. Se trata de meras opiniones o impresiones personales, no refrendadas de forma objetiva ni por documento médico alguno ni por informe pericial técnico; algo necesario para concluir de forma adecuada en la existencia de perturbación de algún tipo en el acusado», añade el fallo.
Por todo esto el tribunal descarta el eximente o atenuante que propuso la defensa de Antonio Luis M. y destaca que en su declaración el condenado no mostró anomalías en su expresión o conducta más allá de necesitar un intérprete que tradujo del portugués. «Sin que al efecto sirva la inverosímil explicación dada por el acusado de haber sido víctima de un intento de agresión sexual, o las contradicciones apreciadas, lo que nada tiene que ver con una perturbación psíquica real y efectiva», concluye.
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Por todo esto el tribunal condena a Antonio Luis M. a ocho años de cárcel por homicidio en grado de tentativa e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. «En concepto de responsabilidad civil el acusado indemnizará al perjudicado en la suma de 12.000 euros» además de asumir las costas del proceso judicial.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
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