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REGIONAL

Los funcionarios cobrarán solo la mitad los tres primeros días de baja

Hasta ahora recibían el 100 % pero desde el 16 de octubre sufrirán una penalización hasta el vigésimo día, y sobre todo los tres primeros

J. L. A.

Sábado, 6 de octubre 2012, 02:28

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El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer el decreto ley que regula la aplicación en la Administración autonómica del real decreto ley de 'Medidas de reordenación y racionalización de las administraciones públicas' publicado en el BOE el pasado 13 de julio, y en concreto lo referido a la penalización por darse de baja (incapacidad temporal) y a la supresión de la paga extra de Navidad.

A partir del 16 de octubre, último día concedido para que la medida entre en vigor en toda España, en los casos de enfermedad común o accidente no laboral, durante los tres primeros días la Junta complementará la prestación de tal manera que el trabajador cobrará el 50 % del sueldo; desde el cuarto día al vigésimo el 75 % de las retribuciones, y desde el vigésimo día en adelante percibirá el sueldo completo. Hasta ahora el empleado autonómico cobraba el 100 % desde el primer día.

Estos cambios no afectan a los empleados públicos que en esa fecha estén de baja.

Las incapacidades laborales por contingencias profesionales, hospitalización e intervención quirúrgica por enfermedad común darán derecho, gracias al complemento regional, a seguir cobrando la totalidad.

La Junta asegura que ha ido al máximo de prestaciones que le permite el real decreto estatal para que el recorte incida lo menos posible en los derechos y expectativas de los empleados públicos.

Con esto la Hacienda autonómica prevé ahorrarse en principio 5,5 millones de euros al año.

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Por otro lado se establece en el decreto aprobado ayer en Mérida la supresión de la paga de Navidad o adicionales equivalentes del mes de diciembre, y recoge que afectará a funcionarios públicos, personal interino y eventual, personal laboral, personal docente no universitario y estatutario del SES, personal directivo del sector público, miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos y asimilados, personal de fundaciones, consorcios, entidades y demás sociedades del sector público.

Por lo que respecta al personal de la Asamblea, deberá ser la Mesa de la Cámara quien decida la supresión o no de dicha paga, mientras que en el caso de las encomiendas de gestión, las empresas a las que se les encargan los trabajos deberán reducir proporcionalmente la reducción de la retribución de la tarifa presentada al gobierno.

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