Qué es el complemento para reducir la brecha de género y cómo pedirlo
Te contamos cómo solicitarlo y qué requisitos debes cumplir
Irene Toribio
Lunes, 22 de abril 2024
El complemento para la reducción de la brecha de género que ofrece la Seguridad Social es una medida destinada a compensar las desigualdades económicas que puedan surgir, debido a las diferencias de género, en las pensiones de jubilación. Éste, tal y como explican desde la Seguridad Social, «sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica por un complemento dirigido a la reducción de la brecha de género, con el que se persigue reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos que se proyecta en el ámbito de las pensiones».
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Las personas beneficiarias de este complemento son tanto las mujeres como los hombres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos.
Los hombres pueden tener derecho al complemento cuando cumplen las siguientes condiciones:
- Si causan una pensión de viudedad por el fallecimiento del otro progenitor de los hijos en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a recibir una pensión de orfandad.
- Si causan una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y su carrera profesional se ve afectada por el nacimiento o adopción de hijos, bajo las siguientes condiciones:
Para hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, deben tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores, o entre la fecha de la resolución judicial de adopción y los tres años siguientes, siempre que la suma de las pensiones sea inferior a las de la mujer.
Para hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al nacimiento o adopción debe ser inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses anteriores, siempre que la suma de las pensiones sea inferior a las de la mujer.
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Cómo solicitarlo
Este complemento puedes solicitarlo junto al trámite de solicitud de tu pensión al Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS) o al Instituo Social de la Marina en el caso de trabajadores del mar.
- Si dispones de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, podrás hacerlo desde el portal Tu Seguridad Social.
- Si no dispones de estos métodos de identificación, puedes solicitarlo a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social.
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En la solicitud correspondiente deberás marcar la casilla específica para la solicitud de este complemento y rellenar los datos relativos a tu hijo o hijos.
- Si prefieres atención personalizada, puedes llamar a las líneas de atención telefónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social o solicitar cita previa para realizar el trámite presencialmente.
Cuánto se percibe con este complemento
La cuantía del complemento se fija en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. El complemento para la reducción de la brecha de género de las pensiones contributivas de la Seguridad Social queda fijado para 2024 en 33,20 euros mensuales de acuerdo con lo regulado en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, que establece que debe añadirse un 5% al porcentaje general de revalorización de las pensiones (un 10% en el bienio 2024-2025).
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