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Imagen de archivo de funcionarios en una consejería de la Junta. HOY

El TSJ rechaza un recurso que exigía a la Junta una subida salarial retroactiva del 2% a los empleados públicos

El tribunal condena en costas al sindicato PIDE, que ya ha anunciaddo que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo

Miércoles, 27 de octubre 2021, 10:39

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso presentado por PIDE contra un acuerdo de la Junta en materia de subida salarial a los empleados públicos. El acuerdo que motivó el recurso del sindicato educativo establecía que las retribuciones íntegras del personal de la Administración experimentarían una subida del 2% desde el 1 de diciembre de 2020.

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En concreto, el punto discutido por PIDE fue que el acuerdo del Consejo de Gobierno señalaba que la retroactividad de estos complementos desde enero de 2020 se supeditara a futuras negociaciones y siempre que la comunidad alcanzara el equilibrio presupuestario según la legislación vigente. Esto propició que el sindicato solicitase a la justicia la nulidad del acuerdo del Ejecutivo regional.

Sin embargo, tras analizar su argumentación, la sentencia dictada el 21 de octubre no le da la razón. El TSJ señala que el sindicato demandante «centra sus argumentos en que el acuerdo de la Junta es contrario a lo dispuesto en un Real Decreto del Gobierno de medidas urgentes en materia de retribuciones en el sector público». En concreto, al precepto que señala que «en 2020, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por ciento respecto a las vigentes en diciembre de 2019, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación». Entiende el tribunal que el «carácter básico del precepto no está reñido con su contenido», como pretende hacer ver PIDE, y añade que, a diferencia de lo que sostiene la parte demandante, el precepto «no dice necesariamente que el incremento del 2 por ciento tenga que ser obligatorio para todas las administraciones».

Los magistrados consideran que el contenido del acuerdo cuestionado «forma parte de la potestad de autoorganización que corresponde a la Junta de Extremadura, lo que constituye un componente esencial de la autonomía para la gestión de sus intereses». Por tal motivo, desestiman íntegramente la demanda y condena en costas a PIDE.

El sindicato ha anunciado este miércoles que recurrirá ante el Supremo. Plantearán recurso de casación ente la Sala de lo Contencioso-Administrativo. «No entendemos la sentencia del TSJEx, ya que la Junta sí ha subido el 2%, nos lo está pagando parcialmente desde diciembre de 2020 aunque no lo ha pagado sobre todos los conceptos y nos adeuda once meses completos (de enero a noviembre de 2020)».

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