Otras dos rebajas de pena a agresores sexuales en Extremadura por la ley del 'sí es sí'
Más revisiones de condena en Extremadura motivadas por la ley del 'solo sí es sí'. Este jueves se han conocido tres autos más. En dos ... de ellos, las Audiencias Provinciales rebajan dos años de pena a condenados por agresiones sexuales. En el caso que resta, se ha desestimado la revisión. Sumando las revisiones de hoy, ya son al menos ocho los reos que han visto rebajada su pena en la región y uno de ellos fue excarcelado.
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Hay que recordar que la nueva Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como 'solo sí es sí', se debe aplicar siempre que favorezca al reo, según dictaminó el Tribunal Supremo, aunque los condenados tengan sentencia firme y estén cumpliendo condena.
La Audiencia Provincial de Badajoz vuelve a estimar una reducción de pena en base a la nueva normativa. Se trata de una revisión por una pena de agresión sexual, en modalidad de violación, con acceso carnal por vía vaginal. El hombre estaba condenado a siete años de prisión pero tras la reforma, se establece una rebaja de dos años de cárcel y la pena se fija en cinco años. Contra esta resolución cabe recurso de casación ante la sala II del Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal se opuso a la revisión.
Por su parte, la Audiencia Provincial de Cáceres también ha estudiado la revisión de otro condenado por agresión sexual en la modalidad de violación. En inicio, la pena era de 13 años de cárcel, 23 años sin aproximarse a la víctima y cinco años de libertad vigilada. Su nueva condena establece que tendrá que cumplir 11 años de prisión y 21 años sin aproximarse ni comunicarse con ella. La sala recuerda que con la actual legislación, la violación o agresión sexual con acceso carnal integra tanto la anterior agresión sexual con violencia e intimidación (el supuesto que se ha analizado), y el abuso sexual sin violencia e intimidación. Contra el recurso cabe interponer recurso de apelación ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. El Ministerio Fiscal se mostró favorable a la revisión.
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Respecto a otra petición de revisión, en este caso de otro condenado por agresión sexual en la modalidad de violación, la Audiencia Provincial indicó que no es procedente, algo que comparte el Ministerio Fiscal. Se apreció atenuante simple de drogadicción y el hombre fue condenado a doce años de cárcel, una pena que está dentro de los nuevos límites temporales que establece la nueva regulación. La defensa pedía una rebaja de cinco años.
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