Foto de archivo de la quema de rastrojos Jose Simal

La Junta publica la fecha para quemar rastrojos con restricciones en Extremadura

Durante la Época de Peligro Bajo se implantarán diversas regulaciones sobre el uso del fuego y actividades de riesgo en terrenos forestales

R.H

Viernes, 4 de octubre 2024, 11:08

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este viernes la nueva Orden que declara la Época de Peligro Bajo de Incendios Forestales para el ... período comprendido entre el próximo 15 de octubre y hasta la entrada en vigor de la Época de Peligro Alto o, en su caso, Medio.

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Esta orden establece una serie de regulaciones y medidas destinadas a prevenir incendios forestales durante este período, adaptando el despliegue del Plan Infoex a las condiciones meteorológicas favorables. Así, durante la Época de Peligro Bajo se implementarán diversas regulaciones sobre el uso del fuego y actividades de riesgo en terrenos forestales y áreas circundantes.

Con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario. No obstante, durante la Época de Peligro Bajo resultan aplicables una serie de excepciones y autorizaciones recogidas en la Orden y que requerirán la presentación de declaración responsable.

El cumplimiento de estas regulaciones será objeto de vigilancia e inspección por parte del personal de los agentes del Medio Natural y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.

La orden contempla exenciones para actividades realizadas por medios propios de la consejería competente y establece procedimientos específicos para la solicitud de autorizaciones y la presentación de declaraciones responsables, ha destacado la Junta en nota de prensa.

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Desde el amanecer hasta las 14.00 horas

Entre las restricciones, cabe destacar que la quema no se podrá efectuar en caso de que las condiciones de viento dificulten el control de la quema. El inicio deberá de ser, como pronto, una hora antes de la salida del sol y deberán quedar totalmente terminadas antes de las 14.00 horas.

Para prevenir el riesgo de propagación, será obligatorio la realización de cortafuegos de mínimo cinco metros. El fuego deberá de ser vigilado por un responsable. No se podrá abandonar la quema hasta que no se tenga la certeza de que éste no pueda reactivarse y originar un incendio.

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