¿Qué ha pasado este viernes, 5 de diciembre, en Extremadura?
Bloque de viviendas de Aldea Moret, en Cáceres, donde se ha producido ocupaciones ilegales. HOY

Extremadura registró 143 ocupaciones ilegales de viviendas entre enero y noviembre de 2022

La cifra es el triple que en todo el año 2015

redacción

Lunes, 20 de febrero 2023, 20:22

La comunidad autónoma de Extremadura registró 143 delitos y faltas por ocupación de inmuebles entre enero y noviembre de 2022, según aparece reflejado en una ... respuesta del Gobierno central a una pregunta escrita efectuada por diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.

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Estos datos, y a falta de los correspondientes a diciembre, son muy similares a los registrados en todo 2021, y el triple que los notificados en 2015.

Según los datos facilitados por el Gobierno de España, consultados por Europa Press, Extremadura contabilizó en 2021 un total de 148 delitos y faltas de estas características, después de haberse incrementado respecto a 2020, cuando hubo 110.

En 2019 Extremadura registró 120. Mientras que se contabilizaron 101 en 2018, 103 en 2017, 63 en 2016 y 50 en 2015.

Estos datos contabilizan los hechos relacionados con la ocupación de inmuebles en Extremadura y conocidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el ámbito de competencias del Ministerio del Interior.

En relación con la pregunta formulada por los diputados del PP, el Gobierno central aclara que, bajo el término «ocupación de inmuebles», se están incluyendo diferentes tipos de delitos del Código Penal.

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Por un lado, se incluye el allanamiento de morada y, por otro lado, la usurpación de inmuebles, sea con violencia o no, y sean residenciales o no.

En ese sentido, el Ejecutivo central ha aclarado que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) «actúan conforme al ordenamiento jurídico vigente, de forma urgente y perentoria en el caso de allanamiento de morada, desalojando las viviendas de inmediato, siempre que se tenga permiso del morador y este haya presentado una denuncia».

Por otro lado, ha asegurado que las FCSE «también actúan en el caso de las usurpaciones de inmuebles, residenciales o no, pero que no son morada».

En este caso, ha puntualizado que el proceder de las FCSE está sujeto a una orden judicial de desalojo previa, además de la intención manifiesta del propietario de recuperar su propiedad, «salvo que puedan intervenir en el momento en el que se está cometiendo el delito y sea con violencia o intimidación, en cuyo caso las FCSE si pueden desalojar los casos de usurpación en el momento», recoge E. P.

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