Extremadura hará pruebas personalizadas a los alumnos para facilitar el título de ESO
La Consejería de Educación regula una nueva fórmula destinada a quienes no han logrado la titulación y han superado los límites de edad
Ana B. Hernández
Domingo, 18 de febrero 2024, 07:52
Favorecer la obtención del título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) es el objetivo de una nueva orden elaborada por la Consejería de Educación. Otra fórmula ... para conseguir que más estudiantes logren titular en una etapa educativa obligatoria.
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La orden, de hecho, se dicta para conceder al alumnado que ha finalizado cuarto de ESO y ha superado los límites de edad establecidos sin haber obtenido la titulación correspondiente, «la posibilidad de alcanzarla mediante la realización de pruebas o actividades personalizadas extraordinarias en los dos cursos siguientes», detalla la información hecha pública por Educación.
En realidad, lo que está haciendo la consejería extremeña, como ya se ha llevado a cabo en otras comunidades autónomas, es desarrollar el Real Decreto de 19 de marzo de 2022, que establece la medida para el conjunto del territorio nacional. La misma se recogió después tanto en el Decreto de 12 de agosto de 2022 como en el posterior modificado de 12 de septiembre de 2023, por el que se establecen la ordenación y el currículum de la ESO para Extremadura, y ahora corresponde su desarrollo.
El borrador de la orden ha sido publicado en el Portal de Transparencia y se encuentra en estos momentos en periodo de consulta pública tras su publicación el pasado viernes en el DOE.
Según el proyecto, las nuevas pruebas que se implantarán en la región se deberán realizar en todos los centros educativos extremeños que impartan ESO, con el fin de que los alumnos que hayan superado los límites de edad establecidos para permanecer en Secundaria, y no hayan logrado la titulación, tengan otra oportunidad para conseguirla.
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La ESO se debe cursar, con carácter general, entre los 12 y los 16 años de edad, «si bien los alumnos tendrán derecho a permanecer en la etapa hasta los 18 años cumplidos en el año en que finalice el curso», como establece tanto la normativa nacional como autonómica en lo referente a Secundaria y su currículum.
Sin embargo, ese límite se podrá ampliar de manera excepcional un año más en cuarto, «aunque se haya agotado el máximo de permanencia, siempre que el equipo docente considere que esta medida favorece la adquisición de las competencias clave establecidas para la etapa».
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Las fechas
Ahora, con la nueva orden en marcha, se abre una nueva posibilidad de obtener el título de ESO a todos los alumnos que, habiendo superado el periodo máximo de permanencia, hasta los 18 años y uno más, sigan sin lograr la titulación.
Para ello, se especifica en la orden, deberán presentarse a las pruebas personalizadas durante los dos cursos siguientes al de finalización en régimen ordinario de ESO y no podrán estar matriculados en otra modalidad de enseñanza que conduzca a la misma titulación.
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Las pruebas se realizarán en el centro en el que el alumnado haya estado matriculado en el último curso de la etapa y las solicitudes, una vez la orden entre en vigor, se deberán presentar en la primera quincena de marzo de cada curso académico, porque la realización de los ejercicios y actividades extraordinarias se fija para la segunda quincena del mes de mayo.
No obstante, la orden recoge una excepción al respecto. «El alumnado que, por residir en otro municipio distinto, no pudiera realizar las pruebas o actividades personalizadas extraordinarias en el último centro en el que estuvo matriculado, podrá solicitar a la dirección del centro elegido más cercano a su domicilio de residencia la autorización para realizarlas».
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Para lograr a través de esta fórmula la titulación de ESO, los alumnos no tienen que repetir el curso ni volver a examinarse de todas las materias. «Tienen que hacer tantos ejercicios como materias o ámbitos no hayan superado en ESO» o, lo que es lo mismo, examinarse solo de las materias suspendidas.
Adaptaciones curriculares
«Las pruebas serán elaboradas, aplicadas, evaluadas y calificadas por los departamentos didácticos que tengan asignadas las materias o ámbitos objeto de evaluación o, en su defecto, por el profesorado asignado por la dirección del centro donde se realicen las actividades», aclara igualmente el proyecto de orden publicado por la Consejería de Educación.
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De la misma manera, se detalla que el alumnado que haya cursado un programa de diversificación curricular será evaluado de conformidad con las competencias específicas, saberes básicos y los criterios de evaluación fijados para cada materia o ámbito en los respectivos programas. En el caso del alumnado con adaptaciones curriculares, la evaluación se realizará tomando como referencia los criterios de evaluación establecidos en las mismas.
Por último, la orden elaborada por el departamento que dirige Mercedes Vaquera recoge que toda la información relativa a este procedimiento «se expondrá en los tablones de anuncios y páginas web de los centros respectivos con la antelación suficiente, procediendo a su máxima difusión entre el alumnado potencialmente interesado».
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