La región ya está cerrada perimetralmente
Restricciones como el cierre perimetral y la limitación de las reuniones se aplicarán durante 24 días, el 17 de marzo hasta el 9 de abril
Extremadura ya está cerrada y nadie podrá entrar ni salir de la región, salvo causa de fuerza mayor que esté justificada. De hecho, ya han comenzado los controles en aquellas carreteras que conectan la región con otras comunidades vecinas con motivo del cierre perimetral que se activa a partir de hoy. Según han informado desde la Delegación del Gobierno en Extremadura, se realizarán más de 2.000 controles hasta el día 9 de abril en las vías extremeñas. Esta vigilancia se llevará a cabo tanto en carreteras principales como en secundarias. Esta es solo una de las medidas que entran en vigor este miércoles 17 de marzo como parte del plan para evitar la expansión del coronavirus en la región.
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Ante la subida de contagios que se ha registrado en la última semana, el ascenso de la incidencia, que ya está en 60 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días y 41 a 7, y la predominancia de la cepa británica de la covid-19, se han reforzado las restricciones relativas a los movimientos de la población y las reuniones en grupo. Además, ante la movilidad que suele registrarse en estas fechas festivas crece el riesgo de rebrote, por lo que se estima necesario extremar las medidas de control de la transmisión. Por eso, a partir de hoy, también se limitan las reuniones privadas, que sólo podrán ser entre convivientes, y como máximo podrán compartir mesa en un bar o restaurante cuatro personas en el interior del establecimiento o seis si es en terraza.
Aunque en un principio estas restricciones sólo iban a estar vigentes en Extremadura durante este puente de San José y la Semana Santa, la Junta optó por ampliar el periodo de aplicación y estarán en funcionamiento entre el 17 de marzo al 9 de abril, más allá de Semana Santa.
Las limitaciones se acordaron en el Gobierno central y las Comunidades Autónomas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) celebrado el pasado 11 de marzo:
Medidas
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Fecha de aplicación: Estarán vigentes del 17 de marzo al 9 de abril, hasta después de Semana Santa. El objetivo es que las personas no aprovechen los días anteriores a los festivos o los intermedios para viajar antes del cierre, un fenómeno que ya se ha detectado en otros puentes. Además se amplían más jornadas de aplicación, evitando que durante esas jornadas se reúnan personas no convivientes en lugares privados.
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Cierre perimetral en toda la región: Se limita la movilidad, ya que no se podrá entrar ni salir de la región. Los extremeños no podrán desplazarse a otra comunidad y no se podrá acceder a la región extremeña desde fuera sin causa justificada (asistencia al trabajo, regreso al domicilio, etc.). Trasladarse a Extremadura para hacer turismo, ver a la familia o pasar unos días de descanso no estará permitido. La circulación entre municipios, en cambio, sí está permitida.
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Toque de queda: Se mantiene de las 23.00 horas a las 6.00 horas.. Fuera de ese horario los ciudadanos no podrán estar por la calle ni salir de sus domicilios salvo causa justificada.
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Reuniones en el ámbito privado: En las reuniones y encuentros en domicilios sólo podrán coincidir convivientes. Es decir, en espacios privados no podrán estar juntas personas de diferentes núcleos familiares. Es la primera vez que se aplica esta medida desde que comenzó la pandemia.
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Reuniones en espacios públicos: Se reduce las reuniones a cuatro personas en espacios públicos cerrados y seis al aire libre, salvo que se traten de convivientes. No afecta a aquellas actividades para las que existen aforos máximos. Es decir, en una tienda no se exige que haya cuatro personas, sino que prima el porcentaje en función de su capacidad, en este caso un 40%.
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Establecimientos hosteleros: En establecimientos hosteleros se aplica la medida anterior. Así, se permitirá durante estas fechas reuniones sociales con un máximo de 4 personas por mesa en el interior de los locales y un máximo de 6 clientes por mesa en las terrazas ubicadas en el exterior de los bares y restaurantes. En estos espacios, considerados lugares de «ocio controlado» sí podrán permanecer juntas personas que no sean convivientes. En los albergues la limitación será de un máximo de cuatro personas en cada habitación. En ambos casos se podrá superar esa cifra si se trata de convivientes.
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Casas rurales: En el caso de apartamentos turísticos y alojamientos rurales, como las casas rurales de la región, podrán acoger a un máximo de cuatro personas cuando se trate de no convivientes, mientras que si son familias que viven bajo el mismo techo no hay limitaciones.
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Actividades turísticas: Las visitas guiadas para grupos en monumentos, museos y espacios culturales, el número máximo de personas será de cuatro o seis, en función de si la actividad se realiza en un espacio público cerrado o abierto.
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Velatorios: En espacios privados quedarán limitados exclusivamente a personas convivientes.
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