¿Qué ha pasado este viernes, 5 de diciembre, en Extremadura?
Los seis procesados por la Audiencia el día que comenzó el juicio. hoy

Los acusados de la muerte del ganadero de Feria, condenados a 29 años de cárcel

Las exparejas de los dos procesados que idearon el robo violento también son castigadas a doce años de prisión por cooperar en el delito

Miércoles, 15 de febrero 2023, 20:50

La Audiencia de Badajoz ha impuesto 29 años de prisión a los tres hombres acusados de perpetrar el robo violento en el que perdió la vida un ganadero ... de Feria, unos hechos por los que también han sido condenadas a más de 12 años de cárcel las parejas de dos de los procesados, mientras que a la tercera acusada le ha sido impuesta una pena más leve tras quedar probado que su participación fue menor.

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Esta sentencia, firmada por la magistrada de la Audiencia Provincial de Badajoz María Dolores Fernández Gallardo, fija los años de cárcel para cada uno de los delitos que consideró probados en su veredicto un jurado formado por nueve ciudadanos elegidos por sorteo.

Ese jurado determinó qué hechos deben ser castigados y ahora el auto aclara el grado de participación de cada uno de los implicados: a Antonio Jesús M.M., José Manuel R.G. y Daniel G.C. se les considera autores de todos los hechos enjuiciados; de Victoria G.E. (la expareja de Antonio Jesús) y Ana María L.M. (expareja de José Manuel) se dice que fueron cooperadoras necesarias; y a Laura C.M. (expareja de Daniel, el hombre que realizó el disparo mortal) se la considera cómplice, razón por la que sólo se le imponen 2 años de cárcel por el delito de robo y 2 meses por las lesiones causadas a la esposa del ganadero.

El fallo, de 139 páginas, explica que los procesados cometieron un delito de homicidio (13 años de prisión), un delito de robo con intimidación y violencia en las personas en casa habitada y con uso de armas en concurso medial con la detención ilegal del ganadero (8 años de prisión), un delito de detención ilegal referido a su esposa (6 años de prisión) y un delito de lesiones referido también a la esposa (2 años de prisión).

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De todos estos hechos se considera autores a los tres varones mientras que a las mujeres que en aquel momento eran parejas de Antonio Jesús y José Manuel se las considera cooperadoras necesarias de los delitos de robo y detención (6 años de cárcel), detención ilegal de la mujer (5 años y 1 día) y lesiones (1 año, 7 meses y 16 días). De ambas hay conversaciones referidas a la planificación del robo violento.

Finalmente, la pareja de Daniel es declarada cómplice del delito de robo con intimidación y violencia con uso de armas (24 meses de cárcel al no ser considerada responsable de la detención del ganadero) y del delito de lesiones (2 meses de prisión).

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El fallo determina también que los tres hombres deben indemnizar de forma conjunta y solidaria a la viuda del ganadero con 130.811 euros, a cada uno de sus tres hijos con 25.560 euros, y a cada uno de los tres hermanos del fallecidos con 19.295 euros.

Aunque solo uno disparó, los tres son autores porque todos prepararon el robo y usaron una extrema violencia

De estas cantidades derivadas de la muerte sólo responden los varones, pero la sentencia indica que los seis procesados deben indemnizar de forma conjunta y solidaria a la viuda del fallecido con 38.806 euros por los daños físicos y psicológicos causados a esta mujer, y con otros 43.060 euros a la viuda y sus hijos dado que esa es la cantidad que suman el dinero en efectivo sustraído (40.000 euros) y el valor de los objetos robados.

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En la sentencia se detallan casi un centenar de hechos que se consideran probados por el testimonio de la viuda del ganadero, los audios intervenidos en los teléfonos móviles de algunos de los detenidos y los atestados realizados por los agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil tras visionar grabaciones de cámaras de seguridad y analizar los informes realizados por las compañías telefónicas responsables de los repetidores a los que se conectaron los móviles de los sospechosos el día del crimen.

No fue un disparo accidental

Una de las cuestiones que se recogen en el fallo es la intencionalidad o no del disparo. Sobre esta cuestión, Daniel G.C. dijo en el juicio que apretó accidentalmente el gatillo al tropezar con la pata de la mesa, una versión que es rechazada por el jurado. «No sólo se descarta esta versión por la declaración contundente de la mujer del fallecido, sino por los informes periciales, que llevan a afirmar que el disparo se produce casi perpendicular al cuerpo de la víctima, paralelo al suelo, a una distancia entre la boca de fuego de la escopeta y el cuerpo de la víctima de 0,50 a 1 metros, y sin que hubiera obstáculo alguno para tropezar».

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La sentencia también indica que los tres hombres son coautores, a pesar de que solo uno de ellos apretó el gatillo, porque fueron ellos quienes acordaron y planificaron llevar a cabo el robo en esa vivienda «con sus moradores dentro, utilizando armas, utilizando la intimidación y la violencia para conseguir sus fines, en un reparto claro de tareas».

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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