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El hombre acusado de trato degradante, durante el juicio. JORGE REY

Absuelven al acusado de denigrar a una mujer trans en la tapería de Cáceres donde trabajaban

La Audiencia Provincial de Cáceres considera que no queda acreditada la realización de «insultos de odio» por parte del hombre a su compañera

Cristina Núñez

Cáceres

Martes, 10 de junio 2025, 20:42

La Audiencia Provincial de Cáceres ha absuelto al acusado de un delito de trato degradante contra una mujer trans para el que la ... Fiscalía pedía 18 meses de cárcel. En la sentencia, publicada el pasado mes de febrero, se señala que «no queda acreditada la realización de actos o insultos o insultos de odio» por parte de acusado hacia esa persona por su condición de mujer trans, ni tampoco «la realización por el acusado de actos o insultos humillantes, hostiles o vejatorios» contra ella, como persona.

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La denunciante decidió llevar a la justicia a su compañero de trabajo en las cocinas de una tapería del centro de Cáceres en las que ambos coincidieron tres meses en el año 2022 y donde ella se sintió menospreciada. «Se me insultaba, se negaba mi realidad como mujer trans y eso me llevó a situaciones de ansiedad y de depresión», declaró antes del juicio, que tuvo lugar el pasado 6 de febrero. En la sentencia se apunta que no queda acreditado que el acusado «de forma reiterada y a sabiendas de que la denunciante era una mujer trans, le dirigiera insultos con la intención de humillarla tales como «inútil, porque lo diga Irene Montero las vacas van a tener rabo» o que siempre se refiriese a ella «en términos másculinos» o le hablase reiteradamente «a gritos en el desarrollo de sus respectivos trabajos.

Testimonios

Se apoya la sentencia en los testimonios prestados por los testigos durante el juicio, en el que varias personas que trabajaron en la cocina de ese local durante ese periodo señalaron que nunca se escucharon insultos por su condición de mujer ni «acción agresora, mofa o burla». Uno de los asuntos a los que se dio más importancia durante el juicio fue que el acusado utilizara la expresión 'mi niña' para referirse a su compañera, algo que según los testigos hacía de manera «afectiva» y «con cariño».

Respecto al informe médico del forense del Instituto de Medicina Local que también se estima para dictar sentencia este revela que el estado emocional de esta mujer, es decir, la ansiedad, estrés y/o depresión no se debe «exclusivamente» por la conducta del acusado.

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Durante el juicio este defendió que siempre había tratado a su compañera «con total naturalidad y respeto» e indicó que «con nosotros se sentía querida y se sentía mujer». En su declaración ante el juez este hombre, ahora absuelto indicó que el equipo la ayudaba, que juntos llegaron a comprarle ropa y que él mismo tachó su su nombre masculino del DNI en un cuadrante para que se sintiera más cómoda y llegó a doblar un turno para que ella acudiera a una charla sobre su realidad trans.

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