Elecciones en Extremadura
Cómo y dónde votar en las elecciones de Extremadura si estás fuera de España el 21 de diciembreEn estas próximas elecciones extremeñas serán más de 30.600 electores los que ejercerán su derecho a voto en el extranjero
Irene Manzano
Martes, 4 de noviembre 2025, 12:57
Miles de extremeños están llamados a las urnas el próximo 21 de diciembre, pero muchos podrían encontrarse fuera de España en esa fecha, ya sea por residir en el extranjero o por estar de vacaciones. ¿Qué debes hacer, entonces, si te encuentras en esa situación, para poder votar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura?
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Primero, hay que diferenciar los dos tipos de votos que derivan de esta situación: el voto CERA y el ERTA. El CERA corresponde con aquellos ciudadanos españoles que residen en el extranjero y están inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes. Por otro lado, el ERTA es para aquellos que se encuentran temporalmente fuera del país. Descubre las claves de cada una de estas votaciones.
Voto CERA: ciudadanos españoles residentes en la demarcación consular
En primer lugar, estas personas tendrán que comprobar si están dadas de alta como residente en el Consulado. Después, tendrán como plazo del 3 al 10 de noviembre para consultar si se encuentran en las listas del censo electoral. Dicha consulta podrá realizarse presencialmente o vía telemática y, si fuera necesario, presentar las reclamaciones y cambios pertinentes.
Estas deben cumplimentarse con el modelo oficial dado por la Oficina Consular, además de ir acompañado de alguno de los siguientes documentos: fotocopia del DNI, del pasaporte o del permiso de conducir, o una certificación de nacionalidad española o, si no tuviera ninguno de los documentos anteriores, el certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
Como novedad, ya no es necesario presentar ninguna solicitud como paso previo para el ejercicio del voto. La documentación electoral llegará entre el 15 y el 21 de noviembre, sin contar el tiempo que tarde en llegar al domicilio en el extranjero. Y, aprobadas las candidaturas, las papeletas llegarán entre el 26 y el 30 de noviembre. Los electores también podrán descargarse las papeletas a través de la web del INE hasta el 18 de diciembre.
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Respecto a las modalidades de voto, son dos: se puede remitir el voto por correo postal certificado a la Oficina Consular hasta el 16 de diciembre, o también, se puede depositar el voto del 13 al 18 de diciembre en la urna habilitada en la propia Oficina Consular.
Electores que residen en el extranjero pero se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral
Esta situación corresponde con aquellas personas de nacionalidad española que sean residentes en la demarcación consular (CERA), pero se encuentran en España ese día en concreto. Por tanto, podrán solicitar, al igual que los residentes españoles, el voto por correo en cualquier oficina de Correos hasta el 11 de diciembre y enviarlo antes del 17 de diciembre.
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Voto ERTA: ciudadanos españoles no residentes en la demarcación consular
En esta última situación están aquellos ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero. Para poder votar desde el exterior, primero deben darse de alta como no residentes en la Oficina Consular en cuestión y solicitar la documentación electoral en la propia oficina antes del 22 de noviembre. Ambos trámites -solicitud de inscripción y de voto- pueden realizarse simultáneamente.
Y una vez recibida la documentación, los electores enviarán su voto por correo postal certificado a la mesa electoral correspondiente en España antes del 17 de diciembre.
Estas son las fechas clave:
Ciudadanos CERA:
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Consulta y reclamaciones de la lista del censo electoral: del 3 al 10 de noviembre.
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Llegada de la documentación electoral: del 15 al 21 de noviembre.
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Llegada de las papeletas: del 26 al 30 de noviembre.
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Descarga de papeletas en la página web del INE: hasta el 18 de diciembre.
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Voto por correo postal certificado a la Oficina Consular: hasta el 16 de diciembre.
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Depósito del voto en la urna de la Oficina Consular: del 13 al 18 de diciembre.
Ciudadanos CERA temporalmente en España:
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Solicitud del voto por correo: hasta el 11 de diciembre.
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Envío del voto por correo: hasta el 17 de diciembre.
Ciudadanos ERTA:
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Inscripción como no residente y solicitud de voto: hasta el 22 de noviembre.
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Envío del voto por correo certificado una vez recibida la documentación: hasta el 17 de diciembre.
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