Prestación por hijo
Así puedes pedir el cheque-bebé de 500 euros: requisitos y cómo solicitar la ayudaLa segunda convocatoria amplía el alcance de la ayuda y abre la puerta a quienes se quedaron fuera, sin necesidad de acreditar renta
La Junta de Extremadura mantiene abierta la segunda convocatoria del cheque-bebé de 500 euros, una ayuda económica dirigida a las familias residentes en municipios de menos de 3.000 habitantes, con el objetivo de fomentar la natalidad en el medio rural. Extremadura cuenta con 330 municipios menores de 3.000 habitantes, además de numerosas pedanías y entidades locales menores que ahora también pueden acogerse a esta ayuda.
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Esta nueva edición llega con importantes novedades. Por un lado, ya no se exige acreditar límites de renta y, por otro, la ayuda se puede solicitar con carácter retroactivo, algo que permitirá a muchas familias que se quedaron fuera en la primera convocatoria acceder ahora a esta prestación.
A continuación, te detallamos qué requisitos debes cumplir para optar a esta ayuda y cómo solicitarla.
¿Quién puede solicitar el cheque-bebé de 500 euros?
Podrán solicitar el cheque-bebé las personas físicas que hayan tenido un hijo o hija, hayan adoptado o formalizado una guarda con fines de adopción dentro de los siguientes periodos:
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Entre el 1 de enero y el 31 de agosto de 2024, para quienes se quedaron fuera de la primera convocatoria.
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Entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025, para los nuevos casos.
Además, se exige que el solicitante sea el padre o la madre del menor, o bien la persona que tenga la guarda y custodia. Si ambos progenitores comparten la custodia, deberán acordar quién presentará la solicitud, ya que solo uno de ellos puede ser beneficiario.
Los menores emancipados también podrán pedir la ayuda en su propio nombre, siempre que acrediten su emancipación legal.
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¿Qué requisitos hay que cumplir?
Los solicitantes deberán reunir las siguientes condiciones:
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Residir legalmente en España, si no tienen nacionalidad española.
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Estar empadronados en un municipio extremeño de menos de 3.000 habitantes, junto con el resto de la unidad familiar, y haber vivido allí como mínimo durante un año antes de presentar la solicitud.
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En el caso de pedanías, entidades locales menores u otras agrupaciones inframunicipales, estas se consideran parte del municipio principal a efectos del padrón.
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No encontrarse en ninguno de los supuestos legales que impidan recibir subvenciones públicas.
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Mantener estos requisitos desde el momento de presentar la solicitud hasta la resolución de la concesión.
¿De cuánto es la ayuda y cómo se paga?
La cuantía del cheque-bebé es de 500 euros por cada hijo o hija nacido, adoptado o sobre el que se haya formalizado la guarda con fines de adopción.
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El importe se abonará mediante un pago único en la cuenta bancaria indicada en el formulario de solicitud, de la que el solicitante deberá ser titular o cotitular.
Si la persona beneficiaria no tiene registrada ninguna cuenta en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura, será necesario tramitar previamente su alta.
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