Educación resuelve los concursos de traslado de sus inspectores

La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2016 y el cese en el de procedencia, el día 31 de agosto de 2016

REDACCIÓN

Miércoles, 10 de agosto 2016, 07:51

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó ayer una resolución de la Consejería de Educación y Empleo con la se resuelve con carácter definitivo el concurso de traslados de los quince funcionarios docentes de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.

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En una nota, la Junta informó ayer de que el pasado mes de febrero el DOE publicó la convocatoria del concurso de traslados y que en junio se hizo público el baremo definitivo y la adjudicación provisional de los participantes, y se concedía un plazo de cinco días hábiles para interponer reclamaciones y, en su caso, renunciar a ello.

Transcurrido ese tiempo, la Dirección General de Personal Docente ha hecho pública la adjudicación definitiva de destinos, que son irrenunciables.

La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2016 y el cese en el de procedencia, el día 31 de agosto de 2016.

Centros de formación

Asimismo, la Junta de Extremadura ha regulado la acreditación y la inscripción en el Registro correspondiente a los centros educativos que trabajan en el sector de la formación para el empleo, lo que se recoge ayer en el Diario Oficial de la región (DOE).

En una nota, el Gobierno extremeño señala que se trata de la inclusión en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma.

Este Decreto procede a regular la acreditación e inscripción de centros y entidades de formación que pretendan impartir, en el ámbito territorial de Extremadura, alguna de las especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas, conducentes o no a certificados de profesionalidad.

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En el Registro también estarán inscritos los centros y entidades de formación que vayan a impartir formación programada por las empresas para sus trabajadores, incluso cuando no se trate de formación recogida en el Catálogo. Esta normativa regula la acreditación de las entidades promotoras de programas públicos de empleo-formación, en el marco de la iniciativa de formación en alternancia con el empleo, cuando vayan a impartir formación conducente a certificados de profesionalidad. El Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo es público, único y gratuito, de carácter administrativo.

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