Juicio en Badajoz
Ocho años de cárcel para una joven por agredir sexualmente a otra chica que era su pareja en BadajozLa acusada reconoce que después de cometer los hechos la dejó encerrada en la vivienda que compartían
La Audiencia Provincial de Badajoz ha impuesto una pena de prisión de ocho años a una joven con antecedentes por maltrato a su pareja ... , también mujer, a la que en mayo de este año volvió a agredir para obligarla a mantener una relación sexual.
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La acusación de la Fiscalía pedía para la acusada un total de 16 años de cárcel pero finalmente el abogado que lleva la defensa, Luis Carretero, ha alcanzado una sentencia de conformidad que deja la condena en la mitad.
Para conseguir esa rebaja la acusada ha abonado algo más de 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
En la sentencia se recoge que además del delito de agresión sexual cometió también un delito de detención ilegal porque dejó a la víctima encerrada en la vivienda.
Los hechos ocurrieron en Badajoz y en la sentencia que le va a imponer la Audiencia se recogerá que la condenada también causó lesiones a la víctima.
En el fallo quedarán igualmente probados los delitos de amenaza y vejaciones, así como el de quebrantamiento de condena.
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Por estos hechos el Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente una pena de 16 años de cárcel, pero la condena ha quedado rebajada a la mitad después de que la acusada se reconociera autora los hechos.
Por el delito de agresión sexual es castigada a una pena de dos años de prisión, tres años de alejamiento y dos de libertad vigilada; por el de detención ilegal, otros 2 años y 1 día de prisión y 3 años de alejamiento; y por el de lesiones 3 años y 1 día de prisión más.
A ello se unen otros 6 meses de prisión y 1 año y medio de alejamiento por el delito de quebrantamiento de medida cautelar, mientras que el delito de amenazas se castiga con 6 meses más de cárcel y otros tantos meses de alejamiento.
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La sentencia se completa con dos penas de 30 días de localización permanente por cada uno de los dos delitos leves de vejaciones que cometió.
A la hora de fijar la sentencia se tendrá en cuenta la agravante de reincidencia en los delitos de quebrantamiento de condena y de lesiones y la agravante mixta de convivencia en los delitos de lesiones, agresión sexual, amenazas y detenciones. Igualmente se considerará la atenuante de reparación del daño.
Luis Carretero ha explicado a la conclusión de la vista que aunque su posición inicial era conseguir la absolución de su representada, finalmente ha aceptado la sentencia de conformidad porque contempla una rebaja de pena importante.
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