Nueva ley 2025: Cómo dejar tu trabajo sin penalización
Estos son los requisitos que debes cumplir para irte de tu trabajo sin pagar indemnización.
Irene Toribio
Sábado, 19 de abril 2025, 09:49
Cambios en los 'autodespidos'. La nueva reforma del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores permite que dejes tu trabajo sin penalización siempre que cumplas una serie de requisitos. Antes de la entrada en vigor de la reforma laboral de 2025, el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores ya ofrecía a los trabajadores la posibilidad de dejar su empleo por impago de salario o por retrasos continuos en el pago del mismo. Sin embargo, las condiciones y los plazos no estaban tan claramente definidos. Ahora lo están. Estos son los requisitos que debes cumplir.
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«Sin perjuicio de otros supuestos que, por el juez, la jueza o el tribunal puedan considerarse causa justa a estos efectos, se entenderá que hay retraso cuando se supere en quince días la fecha fijada para el abono del salario, concurriendo la causa cuando se adeuden al trabajador o la trabajadora, en el período de un año, tres mensualidades completas de salario, aún no consecutivas, o cuando concurra retraso en el pago del salario durante seis meses, aún no consecutivos«.
Es decir, será causa de extinción de la relación laboral por parte del trabajador la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado. Los cambios introducidos en el Estatuto de los Trabajadores se refieren a dos supuestos:
- Impago completo del salario. Si en un período de un año se produce el impago total de tres mensualidades.
- Retrasos en el abono del salario. Si durante seis meses, dentro del mismo período, existen retrasos en el pago del salario.
En ambos casos, no se requiere que los meses sean consecutivos y, además, especifica que ha de entenderse por retraso cuando el salario no sea abonado en los 15 días siguientes a la fecha pactada para su pago.
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Además, no se limita únicamente a estos casos, sino que otorga a los órganos jurisdiccionales la facultad de determinar si existen otras razones, más allá de las ya establecidas, que puedan justificar la extinción del contrato a solicitud del trabajador.
Ignacio de la Calzada González, abogado laboralista, así lo explica en sus redes sociales: El trabajador podrá solicitar al Juez irse de la empresa con indemnización y el paro cuando le deban nóminas. «Hasta ahora, lo que se solicitaba era que se debieran tres nóminas y una paga extra. Se ha modificado y ahora establece que concurre la causa si te deben tres nóminas aunque no sean consecutivas, pero deberán ser enteras», aclara Calzada González en un vídeo.
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La reforma proporciona mayor claridad al definir con precisión qué situaciones constituyen incumplimientos graves, lo que reduce la incertidumbre tanto para los trabajadores como para los empleadores. También impacta directamente en las sanciones relacionadas con el impago de salarios y en las acciones de los inspectores laborales frente a estos incumplimientos.
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