29 extremeños han pedido la eutanasia desde su despenalización y se ha concedido a nueve
Desde que se aprobó la ley constan 29 peticiones en cuatro años y se han realizado solo 9, en algunos casos porque el paciente fallece antes al dilatarse demasiado el proceso
En Extremadura, cuando la persona ha expresado su voluntad de morir porque le ampara la ley, no es fácil conseguirlo. Es la sensación que tiene la asociación Derecho a Morir Dignamente, respaldada por la estadística que el Ministerio de Sanidad ha empezado a publicar desde que el 25 de junio de 2021 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Aquel primer año en la comunidad extremeña solo hubo una petición, registrada el 30 de septiembre, y la persona falleció el 27 de octubre antes de que le fuera concedido su derecho a la eutanasia, que conlleva un proceso deliberativo en el seno del Servicio Extremeño de Salud (SES).
En 2022 se registraron 11 peticiones de eutanasia, pero en seis casos las personas fallecieron antes de culminar este proceso, que es muy garantista. De hecho, una de esas once solicitudes se revocó, otra se aplazó y otra se denegó, por lo que solo se llevaron a cabo dos eutanasias en la comunidad extremeña, las mismas que en 2023, que son los últimos datos oficiales. Sobre 2024 y los meses que llevamos de 2025 el SES ha indicado a este diario que el año pasado hubo ocho peticiones y ser realizaron cuatro eutanasias, y en el año en curso hasta el pasado 27 de mayo se han registrado cuatro solicitudes concediéndose una prestación de ayuda para morir.
Valga como referencia que en toda España, en los primeros seis meses de 2021 en que la eutanasia ya estaba despenalizada, esta se pidió en 173 casos y terminaron realizándose 75. En 2022 hubo 576 peticiones y se produjeron 288, y en 2023 la cifra subió a 766 solicitudes y se aplicaron 334. Técnicamente se denomina 'prestación de ayuda para morir'y en toda España se concedieron el 44%, según el último informe del Ministerio de Sanidad. De manera general, en Extremadura sólo se han materializado el 23% de las solicitudes. En términos absolutos, en Cataluña es donde más peticiones hay, y en Extremadura donde menos si exceptuamos los casos de Ceuta y Melilla.
No obstante, en la Asociación Derecho a Morir Dignamente su portavoz en Extremadura, Jorge Caldera, no pone el foco en que esta comunidad sea la que menos solicitudes y concesiones de eutanasia tiene apuntadas sino en que el sistema público tiende a desentenderse. «Hay un gran desconocimiento por parte de la administración, también de los médicos del SES y de la ciudadanía en general». Y sobre todo apunta que no hay personal médico dispuesto a acompañar a la familia y al paciente en este proceso tan delicado. «La mayoría son objetores de conciencia, lo cual es muy legítimo, pero es que hemos detectado que muchos en realidad son objetores de conveniencia. Dicen que no saben cómo proceder, que nadie les ha enseñado, y al final los perjudicados son los enfermos y sus familiares (...) en el hospital Perpetuo Socorro de Badajoz en la unidad de paliativos son todos objetores de conciencia», pone como ejemplo.
Según los datos aportados por el SES, entre los objetores que han declarado expresamente no querer participar en ningún proceso de eutanasia hay 304 médicos de atención primaria y 201 especialistas.
La ley nacional deja la última palabra en manos de la comunidad autónoma. En un primer momento los médicos tenían que acudir al manual de buenas prácticas del Gobierno, no había mucha más información. Pero ya han pasado cuatro años. «El SES debería hacer campañas de información y formativas para médicas en materia de eutanasia. En Navarra, por ejemplo, las claves se dieron a conocer en centros de salud».
En Extremadura hay dos miembros del comité técnico de eutanasia que estudian a fondo cada solicitud y un presidente, Ignacio Torres. Según ha expresado este último al portal Psiquiaría.com, «los médicos que no saben nada de la ley o de cómo actuar frente a una solicitud no se han querido formar al respecto, porque oportunidades han tenido y tienen».
Según el SES, en colaboración con la Consejería de Salud, se imprte todos los años el curso 'Aplicación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia' dirigido a todos los profesionales sanitarios, que tienen acceso a los documentos técnicos de referencia. Desde Derecho a Morir Dignamente lamentan no obstante que esta cuestión no despierte demasiado interés.
Los pasos a seguir
Aplicar una eutanasia no es sencillo. Primero hay que pedir al médico que se quiere adelantar la muerte. Este revisa la solicitud y la firma si se ajusta a las posibilidades contempladas en la ley, que tienen que ver con sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable, ya sea por enfermedad grave e incurable o por padecimiento grave crónico e imposibilitante.

Requisitos y pasos para solicitar una eutanasia
Enfermedad grave e incurable
Con fragilidad progresiva y pronóstico de vida limitado
Padecimiento grave crónico e imposibilitante
Con limitaciones de las actividades de la vida diaria, sin posibilidad de curación o mejoría
1
Primera solicitud a médico responsable
2
Segunda solicitud a médico responsable
El médico responsable confirma la voluntad
3
de morir y avisa al médico consultor
4
Entrevista con médico consultor: informe
Médico responsable avisa a la presidencia de la Comisión de Garantía y Evaluación (CGE)
5
Verificación previa de documentación por dos personas de la CGE
6
Pueden entrevistarse con la solicitante
7
Informe de las dos personas de la CGE
8
Comunicación a la presidencia de la CGE
La presidenta de la CGE informa al médico responsable
9
10
Aprobación de la eutanasia en la fecha que decida la persona solicitante

Requisitos y pasos para solicitar una eutanasia
Enfermedad grave e incurable
Con fragilidad progresiva y pronóstico de vida limitado
Padecimiento grave crónico e imposibilitante
Con limitaciones de las actividades de la vida diaria, sin posibilidad de curación o mejoría
Primera solicitud a médico responsable
1
Segunda solicitud a médico responsable
2
El médico responsable confirma la voluntad de morir y avisa al médico consultor
3
4
Entrevista con médico consultor: informe
Médico responsable avisa a la presidencia de la Comisión de Garantía y Evaluación (CGE)
5
Verificación previa de documentación por dos personas de la CGE
6
Pueden entrevistarse con la solicitante
Informe de las dos personas de la CGE
7
Comunicación a la presidencia de la CGE
8
La presidenta de la CGE informa al médico responsable
9
Aprobación de la eutanasia en la fecha que decida la persona solicitante
10

Requisitos y pasos para solicitar una eutanasia
Padecimiento grave crónico e imposibilitante
Enfermedad grave e incurable
Con fragilidad progresiva y pronóstico de vida limitado
Con limitaciones de las actividades de la vida diaria, sin posibilidad de curación o mejoría
3
2
1
Primera solicitud a médico responsable
Segunda solicitud a médico responsable
El médico responsable confirma la voluntad de morir y avisa al médico consultor
Pueden entrevistarse con la solicitante
5
4
6
Verificación previa de documentación por dos personas de la CGE
Médico responsable avisa a la presidencia de la Comisión de Garantía y Evaluación (CGE)
Entrevista con médico consultor: informe
8
7
9
La presidenta de la CGE informa al médico responsable
Comunicación a la presidencia de la CGE
Informe de las dos personas de la CGE
10
Aprobación de la eutanasia en la fecha que decida la persona solicitante

Requisitos y pasos para solicitar una eutanasia
Enfermedad grave e incurable
Padecimiento grave crónico e imposibilitante
Con fragilidad progresiva y pronóstico de vida limitado
Con limitaciones de las actividades de la vida diaria, sin posibilidad de curación o mejoría
1
2
3
4
Primera solicitud a médico responsable
Segunda solicitud a médico responsable
El médico responsable confirma la voluntad de morir y avisa al médico consultor
Entrevista con médico consultor: informe
8
7
5
6
Verificación previa de documentación por dos personas de la CGE
Comunicación a la presidencia de la CGE
Informe de las dos personas de la CGE
Médico responsable avisa a la presidencia de la Comisión de Garantía y Evaluación (CGE)
Pueden entrevistarse con la solicitante
9
10
Aprobación de la eutanasia en la fecha que decida la persona solicitante
La presidenta de la CGE informa al médico responsable
Ese médico tiene dos días como máximo para discutir con el paciente las alternativas terapéuticas disponibles y la posibilidad de cuidados paliativos.
El segundo paso es que la persona que pide la eutanasia vuelva a solicitarla por segunda vez a su médico con al menos 15 días de diferencia con la primera. Tras un segundo proceso deliberativo el médico debe preguntar a su paciente si desea seguir adelante. Si es así, el médico debe informar al equipo asistencial y familiares (si así se acuerda), y el paciente firmar un consentimiento.
Lo siguiente es que el médico principal (médico responsable) debe ponerse en contacto con un segundo médico (médico consultor), sin relación con él ni con la persona solicitante, que debe evaluar la petición. Entonces el médico consultor se entrevista con el paciente y debe emitir un informe (favorable o desfavorable) en un máximo de 10 días. Si ambos médicos coinciden se envía el informe a la Comisión de Garantías y Evaluación (CGE) autonómica.
La CGE debe entonces debe designar en 2 días un equipo formado por un médico y un jurista para que evalúen el caso y ese equipo dispone de siete días como máximo para evaluar el caso, notificarlo a la presidencia de la comisión, y si el informe es favorable la resolución se notifica al médico responsable en un máximo de dos días. A partir de este momento, entre 30 y 40 días tras la petición original, ya se puede llevar a cabo la eutanasia en el momento que decida la persona que la solicitó, que también tiene la posibilidad de apelar si en algún momento del proceso su solicitud ha sido rechazada.
Jorge Caldera, de Derecho a Morir Dignamente, dice que la realidad es que en Extremadura están pasando más de dos meses desde que se pide esta prestación, lo que para el portavoz de la asociación «es una barbaridad».
Procesos oncológicos
Hace un año, el 24 de mayo de 2024 la asociación Derecho a Morir Dignamente pidió un informe al Servicio Extremeño de Salud (SES) sobre cómo se estaba desarrollándose la prestación de ayuda para morir en esta comunidad.
En la contestación se habla de cinco solicitudes en 2023 de las que solo dos acabaron en eutanasia. «En un caso se produjo el fallecimiento del paciente previo a la segunda solicitud. Uno se aplazó tras resolución positiva y en un caso la primera solicitud se tramitó en la segunda quincena de diciembre de 2023, por lo que el proceso siguió abierto en 2024», contestó el SES.
Las personas solicitantes fueron tres mujeres y dos hombres de entre 54 y 67 años. De ellos, una persona tenía una patología neurológica y las otras cuatro venían de procesos oncológicos.
En cuanto al perfil del médico responsable tres fueron médicos de atención primaria y dos de cuidados paliativos. Sobre los médicos consultores, pertenecían a las especialidades de Medicina interna y Oncología.
Del total de las cinco solicitudes, la que se denegó fue por «tratarse de solicitud en el contexto de duelo patológico». En cuanto a las eutanasias que sí se autorizaron (fueron tres, pero en un caso la persona murió durante el proceso), las dos se practicaron mediante medicación intravenosa. Fue a mujeres. Una se prestó en el Hospital San Pedro de Alcántara y la otra en el domicilio.
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