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E. F. V.
Jueves, 10 de octubre 2013, 10:28
La Audiencia Provincial de Badajoz ha absuelto del delito de estafa del que venía siendo acusado a Miguel Luis O. V., administrador único de una promotora de viviendas de Badajoz que incumplió el compromiso de entregar un apartamento al dueño de una de las parcelas sobre las que edificó un bloque de pisos.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular solicitaban una condena de cuatro años por entender que el promotor nunca tuvo la voluntad de cumplir con su compromiso, pero el tribunal ha sentenciado que no hay pruebas que acrediten la estafa.
La Audiencia entiende que en este caso se ha producido un incumplimiento de contrato achacable a la crisis económica. «Desgraciadamente, viene siendo frecuente en nuestros días la imposibilidad de culminación de negocios como el de esta causa, pasando a formar parte en su inmensa mayoría de un catálogo de incumplimientos contractuales en la esfera civil». El fallo que ahora se ha conocido reconoce que la promotora incumplió el contrato, pero entiende que la intención de Miguel Luis O. V. fue hacerlo.
El origen de esta causa está en el contrato que firmó en el año 2006 María del Carmen S. C. con la promotora Ortega Valle S. L. La mujer se comprometía a entregar una casa situada en la esquina de la calle Cardenal Cisneros con Argüello de Carvajal, que está en la barriada de San Fernando.
Como contrapartida, la promotora le entregó 520.000 euros en efectivo y asumió el compromiso de poner a su nombre un apartamento libre de cargas valorado en 150.000 euros en el edificio que pretendía construir. Esa segunda parte del contrato no se hizo efectiva en el plazo pactado y en estos momentos el piso que debía recibir María del Carmen S. C. está inmerso en el concurso de acreedores voluntario solicitado por la promotora.
Miguel Luis O. V., que fue defendido por el letrado José Luis Delgado Viñals, dijo en el juicio que la razón del incumplimiento está en la crisis económica, que le obligó a desprenderse de algunos de los pisos construidos como dación en pago ante la imposibilidad de hacer frente a la hipoteca contraída.
Ese revés le impidió reunir el dinero necesario para levantar la hipoteca del apartamento que debía entregar a María del Carmen S. C., un argumento que ha sido valorado por el tribunal.
Por el contrario, la Audiencia Provincial de Badajoz determina que la supuesta víctima asumió cierto riesgo al no exigir garantías especiales respecto a la entrega del apartamento. «El error, en la medida en que lo hubiere en este caso, también en alguna medida es producto del comportamiento, si no negligente, sí algo descuidado del perjudicado».
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