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E. F. V.
Domingo, 18 de noviembre 2012, 12:46
Casi 1.000 euros de multa y ocho días de trabajo en beneficio de la comunidad es la pena impuesta a los dos jóvenes que a comienzos de septiembre cruzaron un cable sintético de unos 20 metros de longitud en el Puente de la Universidad, una conducta delictiva que pudo provocar una desgracia.
Los hechos juzgados ocurrieron el día pasado día 8. Eran las 4.10 de la madrugada cuando un conductor que circulaba en dirección al hotel Río detuvo su vehículo tras notar que un objeto había golpeado contra su limpiaparabrisas. En ese momento vio correr a varias personas en dirección a la próxima barriada de Las Moreras, aunque todavía no sabía qué había sucedido.
Por esta razón bajó del coche y comprobó que el golpe no había sido provocado por un objeto contundente, sino que el responsable era un largo cable de nailon que iba de acera a acera y cruzaba los cuatro carriles. Había sido atado a sendas farolas.
El conductor informó rápidamente a la policía e incluso se prestó a subir al coche de los agentes de la Policía Nacional que atendieron su requerimiento, lo que facilitó la rápida localización de dos de los presuntos responsables del delito: un chico de 18 años y otro de 21, ambos residentes en Badajoz.
Ese caso ha llegado ahora al juzgado de instrucción número 1 de Badajoz, cuya titular ha sentenciado que Luis Alberto N. P. y Francisco Manuel G. A. son responsables de un delito contra la seguridad vial recogido en el artículo 385 del Código Penal, donde se castiga a quienes originan un grave riesgo para la circulación colocando en la vía obstáculos imprevisibles; derramando sustancias deslizantes o inflamables; mutando, sustrayendo o anulando la señalización, o por cualquier otro medio.
El segundo jefe de la Policía Local, Antonio Nogales, dijo tras el incidente que «esa cuerda de nailon podría haber tenido consecuencias nefastas si se la hubiese encontrado a su paso un motorista. En ese caso ahora tendríamos una persona decapitada».
La sentencia impone a los condenados abonar una multa de 960 euros que deberán hacer efectiva entregando 4 euros diarios durante un período de 8 meses. Además, tendrán que realizar 8 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad en el plazo máximo de 2 años con una jornada diaria máxima no superior a 8 horas.
El fallo fue alcanzado con la conformidad de las partes, por lo que es firme.
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