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Así cambian las pensiones en abril de 2025: lo que debes saber

Así cambian las pensiones en abril de 2025: lo que debes saber

Seguridad Social anuncia tres cambios en la jubilación en abril y cómo te afectan

Redacción Hoy

Martes, 18 de marzo 2025, 12:13

La Seguridad Social ha anunciado que a partir del próximo 1 de abril entran en vigor nuevos cambios en las jubiliaciones que afectan concretamente a tres modalidades: jubilación parcial, activa y demorada. Se trata de unos cambios que desde el Gobierno de España explican, están destinados «para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, la regulación de un nuevo procedimiento de acceso a la pensión de las actividades con elevada peligrosidad y para el mayor aprovechamiento de los recursos de las mutuas con el fin de recuperar la salud de las personas trabajadoras». Se trata de una nueva reforma que tendrá efectos en tres modalidades diferentes de jubilación:

Jubilación parcial

  • Se podrá acceder hasta tres años antes de la edad de jubilación ordinaria.

  • Aquellas personas que anticipen más de dos años el acceso a la jubilación, podrán reducir su jornada de jubilación parcial durante el primer año entre un 20% y un 33%

  • Los trabajadores fijos discontinuos podrán ser trabajadores relevistas.

  • La contratación del trabajador relevista deberá ser indefinida y a tiempo completo. Además, tendrá que mantenerse como mínimo durante dos años después de la extinción de la jubilación parcial del otro trabajador.

  • Se permitirá la jubilación parcial a quienes ya hayan cumplido la edad ordinaria, con una reducción de jornada entre el 25% y el 75% (antes era del 50%), sin necesidad de contrato de relevo.

Jubilación activa

  • Desaparece el actual requisito de tener que contar con la carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa.

  • Se podrá compatibilizar la pensión con incentivos de jubilación demorada.

  • A partir del quinto año en jubilación activa, se podrá cobrar el 100% de la pensión mientras se sigue trabajando. Antes de eso, el porcentaje irá aumentando gradualmente cada año.

Jubilación demorada

  • Ahora, a partir del segundo año de demora, solamente será necesario haber cotizado seis meses para optar a los incentivos económicos.

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