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Un hombre con su patinete eléctrico. HOY
Entra en vigor en Trujillo la norma sobre el uso de los patinetes eléctricos

Entra en vigor en Trujillo la norma sobre el uso de los patinetes eléctricos

La nueva ordenanza salió publicada ayer en el BOP, tras superar todos los trámites oportunos

JAVIER SÁNCHEZ PABLOS

Martes, 2 de marzo 2021, 07:58

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Aunque ya se empezó a hablar en 2019 de la necesidad de una norma que regulase el uso de los patinetes eléctricos en la vía pública, no ha sido hasta el año pasado cuando se han dado los pasos necesarios para su aprobación. Superados todos los procesos, ya ha entrado en vigor la nueva normativa, una vez que ayer se publicó el texto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Días antes tuvo lugar la aprobación definitiva de la nueva ordenanza en sesión plenaria, sin que se presentasen reclamaciones durante el plazo de exposición al público.

Según se detalla en el texto, la aparición y proliferación de nuevos medios de transporte urbano, como son los vehículos de movilidad personal (VMP), requiere que las administraciones públicas actúen para garantizar un uso adecuado de los espacios públicos por toda la ciudadanía. Partiendo de esta base, la nueva ordenanza, redactada desde la Jefatura de la Policía Local, regula la circulación, estacionamiento y condiciones de uso de estos vehículos, como los patinetes eléctricos o segways, entre otros.

En este texto, viene definido estos vehículos como de una o más ruedas con una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y 25 kilómetros horas. La edad mínima permitida para conducirlos es de 15 años.

La norma, asimismo, detalla que deben estar provisto de timbre y sus conductores estarán obligados a llevar casco homologado. «Durante el día, el vehículo dispondrá y llevará encendida una luz roja fija en su parte trasera, la cual estará en todo momento encendida».

Esta norma recoge además que los VMP no podrán circular por las aceras, y zonas peatonales y sí por las mismas vías que las bicicletas. «En defecto de arcenes, la circulación por las calzadas será utilizando parte central del carril por el que circulan, todo ello, para que exista una mayor visibilidad y visión del resto de conductores sobre estos vehículos», se apunta.

También viene un régimen sancionador. Están las infracciones leves penadas con 100 euros. Una de ellas es estacionar en las aceras o zonas peatonales que puedan perjudicar el tránsito peatonal, así como el amarre de estos elementos del mobiliario urbano o arbolado. Las faltas graves tienen un castigo de 200 euros, como conducir por zonas no permitidas. Entre las muy graves, que van de 300 a 500 euros, puede ser la conducción temeraria.

Los VMP y ciclos de más de dos ruedas que estén destinados a realizar actividades tipo turístico o de ocio deberán obtener previamente una autorización municipal. No obstante, los segways destinados a uso turístico autorizados hasta la fecha, podrán seguir circulando bajo las mismas condiciones, según añade la nueva ordenanza.

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