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Caduca el expediente para declarar Bien de Interés Cultural el pueblo de colonización de Vegaviana

Caduca el expediente para declarar Bien de Interés Cultural el pueblo de colonización de Vegaviana

EFE

Jueves, 1 de enero 1970

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La Consejería de Cultura e Igualdad ha declarado la caducidad del expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC), en la categoría de conjunto histórico, para el pueblo cacereño de colonización de Vegaviana y sus Escuelas-Capilla, en los términos municipales de Vegaviana, Moraleja y Cilleros.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy una resolución de la Consejería en la que se anuncia la caducidad del procedimiento tramitado y acuerda el archivo de las actuaciones.

El 9 de octubre de 2014 se adoptó una resolución de la consejera de Educación y Cultura por la que se incoaba procedimiento para la declaración de BIC del Pueblo de colonización de Vegaviana y sus Escuelas-Capilla en los términos municipales de Vegaviana, Cilleros y Moraleja en la categoría de conjunto histórico.

El artículo 9.3 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, establece que el expediente de declaración se resolverá en el plazo máximo de 16 meses, contados desde la fecha en que fue incoado el procedimiento.

De igual forma, señala que la caducidad del expediente se producirá si una vez transcurrido dicho plazo se solicita el archivo de las actuaciones y dentro de los 30 días siguientes no se dicta resolución.

En el caso de no solicitarse el archivo de las actuaciones, podrá declararse también la caducidad del expediente una vez transcurrido el citado plazo máximo de 16 meses fijado para su resolución, tras 3 meses y por resolución.

Una vez caducado el expediente, no se podrá volver a iniciar éste en los tres años siguientes, salvo que lo instase el titular del bien y fuese informado favorablemente por tres de las instituciones consultivas previstas en el artículo 4.

En este sentido, la Consejería de Cultura e Igualdad ha declarado la caducidad del procedimiento con efectos desde el día en que se produjo la caducidad, esto es, el día 9 de febrero de 2016, y ha acordado el archivo de las actuaciones.

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