Borrar
Directo Sigue en directo el Viernes Santo en Extremadura

Se cobrará la mitad del impuesto de obras a quienes instalen sistemas de aprovechamiento de la energía solar

JUAN IGNACIO MÁRQUEZ

Martes, 8 de enero 2019, 08:28

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La última sesión ordinaria del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra recogía entre sus primeras propuestas la bonificación del 50% en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, para aquellas empresas que se planteen como medida de fondo la aplicación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Se trataba del primero de los dictámenes a debatir en el capítulo de resoluciones de esta sesión y la idea contó con la unanimidad de las tres fuerzas políticas que integran el consistorio.

Tal y como explicó la primera edil: «Con el objetivo de fomentar la utilización de las energías renovables, y habida cuenta de la gran subida de la luz, y fundamentalmente con el ánimo de facilitar a las empresas instaladas en Fregenal la reducción de costes, haciendo uso de la capacidad potestativa que el Ayuntamiento tiene en esta materia, este equipo de gobierno ha decidido establecer una bonificación de 50% a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Esta bonificación no está destinada a las plantas solares fotovoltaicas, las cuales generan energía, sino a las que aprovechen energía renovable.

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la administración competente, así como a la presentación de la documentación que acredite fehacientemente el cumplimiento de los requisitos para su obtención, debiendo ser el Pleno el que decida sobre la concesión de la misma.

La bonificación prevista, se realizaría sobre la cuota resultante de aplicar, en su caso, la bonificación por fomento de empleo ya recogida en el artículo 8 de la ordenanza fiscal reguladora del ICIO, si bien, con el objeto de mantener un equilibrio entre el objetivo descrito y hacer sostenibles la prestación de los servicios municipales propios y distintos de los propios que actualmente lleva a cabo nuestro Ayuntamiento, las bonificaciones por fomento de empleo y por uso de energías renovables, no serán de aplicación simultánea. Por el mismo motivo, al contrario con lo que ocurre con las bonificaciones por generación de empleo, en las bonificaciones por aprovechamiento solar, no es posible la deducción de la cuota del ICIO de la tasa por expedición de la licencia urbanística.

El Pleno debatió también una moción de IU en la que pedía que se regule la publicidad de las casas de apuestas, instando a la Junta a que limite la apertura de casas de apuesta físicas, mediante el establecimiento de unos metros de separación con los núcleos urbanos, que se prohíban las terminales de apuestas deportivas en salones de juego, bingos y casinos y a nivel local que se estudie la revisión de las ordenanzas del PGOU para introducir limitaciones urbanísticas a la implantación de locales de apuestas en las inmediaciones de espacios frecuentados por niños, adolescentes y jóvenes.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios