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Luis Díaz, en los juzgados. :: a. s.
El juez archiva las diligencias contra el edil placentino Luis Díaz por denegar una caseta

El juez archiva las diligencias contra el edil placentino Luis Díaz por denegar una caseta

Califica la denuncia de «kafkiana» y señala que el concejal actuó de acuerdo a un informe de los técnicos municipales

C. M.

PLASENCIA.

Miércoles, 5 de septiembre 2018, 08:24

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El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Plasencia ha decretado el sobreseimiento y archivo de las diligencias abiertas contra el concejal de Relaciones Institucionales, Luis Díaz, investigado por los presuntos delitos de prevaricación y coacciones por denegar una caseta de ferias en el año 2017. El juez, que en su auto califica de «kafkiana, o cuando menos infundada» la denuncia presentada contra el edil, resuelve que Luis Díaz, que en aquellas fechas era concejal de Festejos, se limitó a seguir las directrices de un informe de los técnicos municipales que señalaba que existía incompatibilidad para conceder la caseta, puesto que la solicitante está casada con un trabajador del Ayuntamiento.

Este mismo juzgado ya había archivado la denuncia presentada por la mujer en julio de 2017, pero la solicitante recurrió ante la Audiencia Provincial, que el pasado mes de abril falló a su favor y ordenó que continuase la instrucción y se tomase declaración al menos a Luis Díaz. El juez así lo hizo. Llamó a declarar al edil el 31 de mayo en calidad de investigado, y como testigo al entonces secretario en funciones del Ayuntamiento. Tras practicar estas diligencias, el juez ha llegado a la misma conclusión que cuando archivó la denuncia el año pasado, es decir, que «no ha quedado acreditada la comisión de ilícito penal alguno», ni tampoco se ha probado que exista responsabilidad por parte de la junta de gobierno local, que fue el órgano que denegó la caseta y que también había sido incluida en su denuncia por la solicitante.

La declaración del secretario en funciones ha resultado, según señala el auto, «fundamental» para esclarecer los hechos por su condición de «testigo directo y su cualificación técnica imparcial e independiente»», ya que se encontraba presente en la junta de gobierno del 2 de junio de 2017 en la que se denegó la solicitud de la caseta. A la vista de su testimonio y de las pruebas presentadas, el juez concluye que la denegación de la autorización «no fue injusta, arbitraria o ilegal, puesto que tuvo por base la concurrencia e causa legal de incompatibilidad». El hecho de que la denunciante hubiera obtenido en años anteriores autorización para la caseta es, según el auto, «harina de otra talega que no se entra a valorar». Tampoco considera que haya delito en la orden dada por Luis Díaz a la Policía Local para retirar a la solicitante el pase de circulación por el ferial un día antes de la resolución de la junta de gobierno, puesto que el concejal ya podía tener entonces la información de que ese asunto se iba a tratar en la sesión y el permiso se iba a denegar. Sí apunta que esa actitud puede resultar «desafortunada y no desprovista de reproche desde el punto de vista formal o estético».

El auto no es firme y se puede recurrir en un plazo de cinco días.

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