Condenan a una mujer tras agredir en Plasencia a una compañera de trabajo por la custodia de su mascota
La disputa por el destino del animal, que la agresora entregó y luego quiso recuperar, derivó en un puñetazo en plena plaza de Los Pinos
Juan Carlos Ramos
Plasencia
Martes, 9 de diciembre 2025, 07:30
La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la condena a una vecina de Plasencia por propinar un puñetazo a una antigua compañera de trabajo en plena plaza de los Pinos, en un incidente cuyo origen es tan insólito como cotidiano: una disputa por la custodia de una mascota.
Según la sentencia, la historia comenzó meses atrás, cuando la acusada decidió desprenderse de su animal de compañía y pidió ayuda a su compañera, que hizo de intermediaria para entregarlo a un familiar. Tres meses después, la propietaria original cambió de opinión y reclamó recuperar al animal, convencida –según alegó– de que solo lo había dejado «en acogida temporal». Incluso llegó a denunciar a la compañera por un presunto delito contra el patrimonio.
Finalmente logró recuperar al animal previo pago de los gastos derivados de su estancia. Pero lejos de zanjarse ahí el asunto, la sentencia revela que, durante esos días, la acusada mantuvo un comportamiento «poco ético» hacia su compañera y llegó a someterla a una especie de «persecución», lo que refuerza –según el juzgado– que la agresión no fue un arrebato espontáneo, sino un acto buscado y deliberado.
Así, una mañana, mientras la víctima disfrutaba de un descanso laboral en la plaza de los Pinos, la mujer se acercó a ella y, sin mediar gran explicación, le propinó un puñetazo en el oído, provocando que sus gafas cayeran al suelo y quedaran inservibles. La agredida sufrió un traumatismo ótico y una contractura cervical que tardaron ocho días en curar, lesiones que el tribunal considera «plenamente compatibles» con el golpe descrito.
El juzgado de Plasencia ya la había condenado por un delito leve de lesiones a un mes de multa –150 euros en total– y a indemnizar a la víctima con 409 euros por daños personales y materiales. La mujer recurrió alegando falta de recursos económicos y discrepancias con los hechos probados, aportando incluso un justificante de que percibe 570 euros de prestación por desempleo. Sin embargo, la Audiencia Provincial rechaza este argumento y recuerda que la multa impuesta está en el mínimo legal y que su situación económica es «coyuntural», por lo que no queda exenta de responsabilidad civil.
Asimismo, el tribunal destaca que no existe prueba alguna de que la víctima hiciera algo para precipitar el incidente, ni mucho menos de que respondiera con agresión alguna, por lo que confirma también su absolución en la causa cruzada.