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J. C. R.
PLASENCIA.
Viernes, 18 de abril 2025, 08:53
El Ayuntamiento de Plasencia ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por una vecina de la calle Cartas contra la discoteca Clâb Theater, ubicada en ... el número 18 de la misma vía, y ha dado la razón a los responsables del local en un prolongado litigio por molestias acústicas.
El conflicto se originó a raíz de las quejas presentadas por la vecina, que denunció ruidos procedentes del establecimiento. Un informe técnico comprobó que superaban los niveles permitidos, especialmente durante la madrugada del 19 al 20 de octubre de 2024. A raíz de dicho informe, el Ayuntamiento ordenó la suspensión cautelar de la actividad hasta que se adoptaran medidas correctoras.
Los responsables del local acometieron obras de insonorización y presentaron un estudio acústico realizado por una empresa especializada que, según los técnicos municipales, demostró el cumplimiento de la normativa vigente. Aunque no se pudo repetir la medición en el domicilio afectado por la ausencia de la propietaria, se comprobó que las reformas -incluida la instalación de un vestíbulo de aislamiento acústico- estaban ejecutadas conforme a lo proyectado.
Pese a las posteriores alegaciones de la denunciante, que decía que la reducción del ruido podría deberse a factores como el volumen más bajo de la música o la inactividad de la planta superior, el Ayuntamiento consideró que las obras acometidas eran suficientes para levantar la suspensión cautelar. Además, recordó que la medición inicial evidenció que el ruido solo se filtraba al interior de la vivienda cuando la puerta del local permanecía abierta.
La Junta de Gobierno Local ha confirmado la validez de la resolución de noviembre de 2024 que autorizaba la reapertura del local. La actividad del Clâb Theater queda supeditada, eso sí, a la realización de una nueva medición acústica cuando se facilite el acceso a la vivienda afectada, cuyo resultado deberá ser remitido al Consistorio. La resolución es firme en vía administrativa, aunque puede ser recurrida por vía contencioso-administrativa.
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