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Jordi Sànchez, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Joaquim Forn, Jordi Cuixart, Josep Rull y Raül Romeva en la prisión de Lledoners. Òmnium Cultural/ AFP

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El tribunal del 'procés' rechaza su puesta en libertad porque el riesgo de fuga «se ha intensificado» y asegura que no se les persigue por sus ideas

Mateo Balín

Madrid

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Lunes, 28 de enero 2019, 13:19

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El tribunal que juzgará el sumario del 'procés' rechazó este lunes las peticiones de libertad o de medidas cutelares alternativas solicitadas en sus escritos de defensa por los nueve procesados por un delito de rebelión que permanecen en prisión preventiva.

Los acusados equipararon su situación a la del líder político turco Dermirtas, exdirigente del Partido Democrático de los Pueblos, una formación izquierdista y prokurda que lleva dos años en prisión preventiva por «propaganda terrorista». De forma reciente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos le dio la razón porque la justicia turca no había motivado suficientemente su rechazo a la libertad provisional con medidas cautelares. Este caso también ha sido citados por los procesados en sus recursos presentados ante el Tribunal Constitucional.

La resolución del Supremo descarta ese déficit de motivación: «Sostener que la Sala (Segunda) no se ha pronunciado acerca de la suficiencia de posibles medidas alternativas a la prisión sólo puede ser resultado de una lectura precipitada de resoluciones dictadas con anterioridad», señalaron los siete magistrados que juzgarán el 'procés'.

En efecto, en un 26 de julio pasado, en respuesta a la solicitud de sustitución de la prisión preventiva por fórmulas menos gravosas, como las comparecencias apud acta, el control telemático o la vigilancia policial, se decía textualmente: «Las firmas diarias pueden dejar de ser diarias en el instante en el que el firmante decide emprender la fuga. El control policial puede relajarse o presentar fallos involuntarios que permitan la huida. Y los dispositivos de rastreo telemático atenúan su eficacia en un ámbito territorial en el que rige la libertad de fronteras y la libre circulación de personas».

«Estructuras de poder»

Para el Supremo, el riesgo de fuga sigue siendo intenso: «Es un hecho notorio la existencia fuera del territorio español de estructuras de poder organizadas, puestas al servicio de aquellos procesados que han tomado la determinación de sustraerse al llamamiento de esta Sala. De hecho algunas autoridades y miembros actuales del Gobierno catalán y el Parlament-como han publicitado ampliamente los medios de comunicación- se han desplazado para mantener reuniones con las personas integrantes de tales estructuras, algunas de ellas también procesadas en esta causa y declaradas en rebeldía», en referencia a Carles Puigdemont.

«Esta realidad intensifica claramente el riesgo de fuga, pues pone de manifiesto la existencia de cierta infraestructura en el extranjero que podría facilitar la fuga de los procesados», añade el auto.

La resolución recuerda que la doctrina de Estrasburgo para valorar el riesgo de fuga exige ponderar la existencia de «contactos en el extranjero» que puedan facilitar la huida. Por este motivo, señala que los políticos cautelarmente privados de libertad, cuya situación las defensas identifican con el cautiverio del Sr. Demirtas, se hallaban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico. «Es una respetable estrategia defensiva, pero carente de viabilidad por la falta de similitud con los hechos que van a ser objeto de enjuiciamiento. No existe persecución por las ideas. No se criminaliza una ideología», zanja el auto.

«De hecho, la ideología que con tanta legitimidad democrática profesan los recurrentes, sostiene ahora al mismo gobierno autonómico y está presente en las instituciones de las que la mayoría de los procesados formaban parte. No está en cuestión una forma de pensar, una concepción rupturista de las relaciones entre los poderes del Estado. El día a día de la actividad política enseña la libertad con la que esas ideas son defendidas en las instituciones y en los foros nacionales e internacionales de debate político», concluye el magistrado Manuel Marchena, ponente del auto y presidente del tribunal.

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