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Insólito Supremo

La seguridad jurídica urge a que el tribunal aclare la sentencia sobre el impuesto de las hipotecas, que ahora pone en cuestión

Jueves, 1 de enero 1970

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La insólita decisión del Supremo de revisar si mantiene el criterio de que sean los bancos, y no los clientes, quienes paguen el impuesto de las hipotecas, apenas 24 horas después de haber hecho pública una sentencia en ese sentido, sume en la incertidumbre a cientos de miles de particulares y a todo el sector financiero. El fallo conocido el jueves, que rectificaba la jurisprudencia anterior de otra sala del mismo tribunal, dejaba en el aire sus efectos reales al no aclarar con precisión el alcance de su retroactividad. La nota informativa emitida ayer por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, autora de la resolución, causa perplejidad y desconcierto. El magistrado Luis María Díez-Picazo esgrime la «enorme repercusión económica y social» de la sentencia para justificar una medida tan excepcional. Ese argumento, aunque sea valorado en las deliberaciones de un tribunal, no puede prevalecer sobre el escrupuloso respeto a la legalidad y el estricto rigor jurídico que se le presupone a la máxima instancia judicial de un país. También han tenido una «enorme repercusión económica y social» otros pronunciamientos de la Justicia –sin ir más lejos, el que afectaba a las cláusulas suelo de la banca– sin que ello fuera óbice para que se dictaran y aplicaran conforme a la interpretación del Derecho realizada por los tribunales. Es razonable que una sentencia sobre un asunto tan sensible, que además corrige de plano una anterior del propio Supremo, sea sometida a la consideración del pleno de la Sala, compuesta por 31 magistrados, como ha ordenado ahora Díez-Picazo. Menos comprensible resulta que ese paso no se diera con carácter previo, sino después de que una sección de esa misma Sala, formada por seis jueces, haya aprobado y difundido el fallo, ya sea por una descoordinación interna o por no haber valorado su trascendencia. El presidente de la Sala ha frenado la revisión de los recursos pendientes sobre este asunto para evitar que se aplique la nueva jurisprudencia hasta que el tribunal determine si avala los criterios incluidos en ella o vuelve a cargar sobre los clientes los gastos derivados de la firma ante notario de las hipotecas. La defensa de la seguridad jurídica exigible en un Estado de Derecho impone que el Supremo aclare con la máxima celeridad el entuerto que él ha creado y aprenda de sus errores para no volver a repetirlos.

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