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¿Qué ha pasado hoy, 28 de marzo, en Extremadura?
Un 'K', vehículo de policía camuflado con lanza destellos portátil. POLO
Los prioritarios de policías camuflados son denunciados por el radar y 'foto rojo'

Los prioritarios de policías camuflados son denunciados por el radar y 'foto rojo'

La DGT dictó una Instrucción para archivar los expedientes a la espera de identificar a los conductores

J. A. POLO

CÁCERES.

Lunes, 15 de mayo 2023, 08:01

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Corría el año 2016 cuando la Directora General de Tráfico María Seguí, que renunció por una investigación a su esposo, dictaba una instrucción sobre los vehículos prioritarios o con matrícula reservada.

El artículo 27 de la Ley de Tráfico exime a los vehículos de urgencia de cumplir con los límites de velocidad y de respetar normas y señales, si bien el artículo 68 del Reglamento de Circulación impone a sus conductores un uso ponderado de su privilegio y la obligación de advertir la urgencia con el uso simultáneo de señales acústicas y ópticas.

A los vehículos de policía, extinción de incendios y ambulancias se les han sumado vehículos camuflados de la seguridad pública (Policía Nacional, Guardia Vivil y Policía Local), automóviles que parecen particulares y portan 'matrículas dobladas' para no poder identificar al propietario, generalmente un organismo.

Tiempo atrás la Agrupación Reformista de Policías (ARP) denunciaba el uso indebido que se hace de cientos de vehículos camuflados, conocidos como vehículos 'K'. Dada la potenciación de cámaras que captan las infracciones, resulta que cada vez hay más vehículos, no específicamente prioritarios (los camuflados) que son captados rebasando semáforos en rojo o superando la velocidad.

Iniciado el procedimiento sancionador resulta tan difícil conseguir la identidad de conductor y los motivos de la urgencia, que la propia Instrucción 16/S-141 contempla que, pasados 140 días sin obtener repuesta, el expediente deberá quedar en PSAN en situación de JP PTEID (Pendiente de Identificación) en la carpeta 'Otros expedientes en tramitación' de la Subdirección Adjunta de Procedimiento Sancionador. En el trámite normal el titular de un vehículo tiene un plazo de 20 días naturales (se cuentan los domingos y festivos) para identificar al conductor que haya sido denunciado sin haber parado al infractor.

Dice la Instrucción que la justificación de la infracción o la exculpación serán avalados por el Mando superior, no admitiéndose por sí solas la premura de tiempo, vehículo oficial, descuido o vehículo de un alto cargo.

Cierto es que gracias a estos 'K' se realizan eficientes operaciones en vigilancia de sospechosos.

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