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Trabajadores de Preving, en Badajoz, con mascarilla pese a mantener la distancia de seguridad. Casimiro Moreno
El uso de la mascarilla en el trabajo genera dudas a cientos de empresas en Extremadura

El uso de la mascarilla en el trabajo genera dudas a cientos de empresas en Extremadura

La Creex recibió más de 400 consultas a lo largo del fin de semana sobre la aplicación de la medida de prevención de los contagios

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Lunes, 13 de julio 2020, 14:04

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Hay muchas preguntas. Si la mascarilla es obligatoria entre los empleados que no trabajan de cara al público. Si hay que llevar puesta la protección en los centros de trabajo en los que se pueden mantener las distancias de seguridad. Si las personas que trabajan solas deben cubrirse la nariz y la boca en todo momento.

Ayer fue el primer día laborable desde que la Junta de Extremadura decretó el uso obligatorio de la mascarilla. Y las empresas no tenían muy claro cómo enfrentarse a esta nueva situación. «Hemos recibido más de 400 consultas a lo largo del fin de semana», expone Javier Peinado, secretario general de la Confederación Regional Empresarial Extremeña (Creex), como ejemplo de la incertidumbre reinante.

El problema que detectan es la redacción de la resolución que la Consejería de Sanidad publicó el pasado viernes sobre la medida de prevención del contagio de covid en Extremadura. Una norma a la que se han ido sumando poco a poco otras comunidades. Ya son diez en las que será obligatorio el uso de la mascarilla. Cataluña y Baleares fueron las primeras en hacerlo, en Andalucía también se ha anunciado y Cantabria, Murcia, Aragón, La Rioja, Navarra y Asturias irán por el mismo camino.

Documento

En el texto del Diario Oficial de Extremadura (DOE) se puede leer: «Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros». La explicación en relación a la vía pública y a los ciudadanos mientras estén fuera de su puesto de trabajo parece muy clara, pero no así en lo referente a los trabajadores.

Las dudas en las empresas se deben, precisamente, a qué zonas se consideran de uso público. Desde la Creex, y así se lo están transmitiendo a las empresas que les consultan, se considera que no entran en esa definición las zonas de los centros de trabajo en las que no está permitida de la entrada de personas ajenas a la empresa. Por ello, entienden que la resolución no obliga a llevar la mascarilla siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad en esos espacios. «Pero se trata de la interpretación que hacemos nosotros basándonos en el texto y en el sentido común, porque no queda claro y no hemos obtenido respuesta a la consulta que hemos hecho a Sanidad», comenta Peinado, que añade que si reciben alguna comunicación al respecto se la trasladarán a sus asociados.

Más estricta

La interpretación que se hace desde la Consejería de Sanidad es bastante más estricta. «Es obligatorio en cualquier caso», responden en relación al uso de la mascarilla en los puestos de trabajo que no se dediquen a la atención al público y en los que se puede mantener la distancia de seguridad de metro y medio entre los empleados.

El elevado riesgo de contagio en los puestos de trabajo y la reducción de transmisión de la enfermedad en espacios ventilados justifica la consideración que se hace desde la Consejería.

Solo establece una excepción, más allá de las sanitarias recomendadas para cada persona concreta, que viene dada por las características propias del trabajo. Es decir, que «el uso de la mascarilla resulte incompatible» con las actividades a realizar, como se explica en la resolución. «Hay tareas, como en un taller, que se realizan en soledad y para las que la mascarilla puede suponer no solo una complicación, también un riesgo», señala Peinado.

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