Borrar
Zahínos, uno de los 351 municipios de la región con menos de 5.000 habitantes. HOY
La nueva ley regional de urbanismo permitirá más usos en suelo rústico

La nueva ley regional de urbanismo permitirá más usos en suelo rústico

La norma posibilitará una tramitación simplificada en municipios de menos de 10.000 habitantes

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Viernes, 10 de noviembre 2017, 23:20

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La nueva ley del suelo que prepara la Junta de Extremadura prestará mayor atención a las zonas rurales, ya que permitirá usos en el suelo rústico que actualmente están restringidos, así como una simplificación de los trámites.

La denominada Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible (Lotus) ha arrancado su tramitación con la apertura del plazo de presentación de sugerencias. De forma paralela, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente ha convocado una serie de mesas técnicas con representantes del sector para abordar mejoras al anteproyecto.

La Junta plantea una norma completamente nueva, redactada de cero, en lugar de modificar la Ley del suelo y ordenación territorial de Extremadura (Lsotex), del año 2001. Como destaca la disposición de motivos, en 16 años solo se han tramitado unos 40 planes acogidos a esta regulación, lo que evidencia que no ha dado el resultado esperado.

Por eso se plantea una nueva norma, pero con otro enfoque. «Esta ley proyecta el planteamiento inverso a la anterior: se legisla para lo que constituye la generalidad, para lo común, es decir, en atención a los pequeños municipios y se establece como excepcional y particular, aunque no menos importante, el caso de los municipios mayores», recoge el texto.

Para Juan Antonio Ortiz Orueta, decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, la ley supone «un cambio de paradigma». Como indica, la Lsotex se planteó para controlar el desarrollo urbano y evitar excesos en grandes promociones de viviendas. Esto perjudicó a las pequeñas poblaciones, que se encontraron con unas herramientas muy complejas para actuaciones menores.

La ley presta más atención a los núcleos urbanos de menos de 5.000 habitantes

Debido a que la crisis ha frenado el desarrollo urbanístico de las grandes ciudades de la región, y teniendo en cuenta que el 90% de los municipios de la comunidad tiene menos de 5.000 habitantes, Ortiz considera un acierto poner el foco en las zonas rurales para tratar de evitar su abandono y despoblamiento.

Miguel Corchero, abogado experto en urbanismo, señala que se necesita atajar problemas como «una creciente concentración de población en las ciudades, un vaciamiento acelerado en el resto del territorio y unas tasas de crecimiento vegetativo en las zonas rurales muy inferiores a las necesarias para mantener la población». A su juicio, se puede conseguir con esta norma.

Con ese fin, se plantean medidas concretas. Juan Antonio Ortiz destaca que la nueva ley cambia la denominación del suelo no urbanizable, que es todo aquel que no es urbano. A partir de ahora se llamará suelo rústico, con lo que se eliminará una connotación negativa. La calificación urbanística, necesaria para promover actividades en estos espacios, pasará a denominarse calificación rústica.

Pero no se trata solo de un cambio de nombre. La propuesta de la Junta es que el suelo rústico esté vinculado a usos de energías renovables, instalaciones de turismo rural, ocio, esparcimiento y prácticas deportivas, investigación, desarrollo y agroindustrias; así como otros que resulten compatibles con la conservación de sus valores. Se amplía el restrictivo abanico que recoge la Lsotex.

Miguel Corchero recalca que se fomenta una diversificación de la economía en el medio rural con la incorporación de nuevas actividades residenciales, comerciales, industriales, tecnológicas, turísticas o deportivas.

Esta mayor atención al mundo rural también se aprecia con la distinción entre municipios de base territorial, que serán todos los núcleos de población de menos de 5.000 habitantes, y los de relevancia, los que superen esa población. Lo rural es lo común y lo urbano la excepción.

Pero, como en el caso anterior, no será un simple cambio de denominación. Los municipios de base podrán acogerse a una tramitación simplificada, que también se extenderá a localidades de menos de 10.000 habitantes y a casos puntuales en ciudades más grandes.

Condiciones por habitante

Otra de las novedades de la ley es que plantea que los indicadores de urbanización se midan no por metros cuadrados, como actualmente, sino en relación a la población. Por ejemplo, se establece que en el diseño de un plan se deberá contar con al menos 5 metros cuadrados de zona verde por habitante. En la ley actual el mínimo es de 15 metros cuadrados por cada cien de techo. Antes se tomaba como referencia el desarrollo urbanístico y ahora serán las personas.

Juan Antonio Ortiz destaca también otros aspectos, como las mejoras en materia de coordinación entre administraciones, la simplificación de trámites y el aumento de la competencia municipal.

En el mismo sentido, Miguel Corchero recalca la apuesta por la simplificación del urbanismo, su adecuación a la realidad territorial al tener en cuenta el tamaño de los municipios extremeños, el aumento de las competencias municipales y la potenciación de la oficinas técnicas de las mancomunidades. «En definitiva, Extremadura da un paso importante para aprovechar eficazmente los rasgos de nuestro territorio que nos singularizan, aquellos que son específicos y que plantean opciones que no son posibles para las grandes aglomeraciones urbanas y los espacios densos», explica.

La ley también incorpora la perspectiva de género, y un concepto amplio de urbanismo sostenible, con atención a cuestiones como la contaminación lumínica en zonas rurales. Aspectos novedosos de una ley que ha iniciado su tramitación con el objetivo de convertirse en realidad antes de que termine la legislatura.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios