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La portavoz de la Junta, Isabel Gil Rosiña, junto a la vicepresidenta primera y consejera de Hacienda, Pilar Blanco-Morales. Brígido

El Consejo de Gobierno tendrá la potestad para dictar confinamientos

Podrá restringir movimientos de la población e incluso aplicar un régimen sancionador en caso de incumplimientos de las medidas de prevención

Europa press

Mérida

Viernes, 19 de junio 2020

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El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura tendrá la potestad para dictar medidas especiales en materia de salud pública, como los confinamientos, mientras que la Consejería de Sanidad será la encargada de ejecutar acciones concretas. Así se recoge en el decreto-ley aprobado por el Ejecutivo autonómico para la reactivación económica en el periodo denominado de nueva normalidad.

La norma, que entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, pretende adecuar el régimen competencial previsto en la ley autonómica de salud pública a la situación instaurada tras la entrada en vigor del real decreto-ley que regula las medidas de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria a la conclusión del estado de alarma, y que traslada a las comunidades autónomas la gestión de la crisis sanitaria.

La Ley de Salud Pública de Extremadura otorga a la autoridad sanitaria la potestad para adoptar medidas especiales para proteger a la población, como el aislamiento. Pero el Ejecutivo autonómico considera que se necesita un margen más amplio para medidas más drásticas, como el confinamiento de núcleos o grupos de población. Esas decisiones corresponderán a partir de ahora al Consejo de Gobierno, así como otras de carácter extraordinario o de especial repercusión, hasta que se resuelva la situación de crisis sanitaria causada por el coronavirus.

Residencias de mayores

Esta redacción facilita a la Junta de Extremadura tomar decisiones en caso de rebrotes. Por su parte, el titular de la Consejería de Sanidad podrá adoptar medidas concretas, como la intervención de centros residenciales públicos o privados de personas mayores cuando se estime necesario por razones epidemiológicas y asistenciales.

En cualquier caso, el decreto-ley recoge que si la medida tuviese una naturaleza extraordinaria y una especial repercusión podría ser trasladada al Consejo de Gobierno para su adopción.

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El Consejo de Gobierno tendrá la potestad para dictar confinamientos