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Las actividades complementarias se desarrollan dentro del horario lectivo y son evaluables. :: HOY
Extremadura no ha registrado quejas de padres sobre las actividades lectivas

Extremadura no ha registrado quejas de padres sobre las actividades lectivas

La Junta aclaró a los centros educativos el pasado otoño que en la región no es posible el veto parental

A.A.

Martes, 21 de enero 2020

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Extremadura es territorio libre de veto parental, lo que significa que los centros educativos no necesitan de sus alumnos la autorización paterna para asistir a las actividades complementarias, que son las que se imparten en horario lectivo –a diferencia de las extraescolares– y las que han generado una polémica de alcance nacional. La Junta así se lo explicó a los colegios e institutos de la comunidad autónoma el pasado otoño, «cuando estuvieron llegando a los centros cartas de la organización de ultraderecha Hazte Oír en las que promovían su medida, que es la que Vox ha hecho suya», explica la Consejería de Educación, que añade que en los últimos años no ha atendido ninguna queja relacionada con esta parte del día a día académico.

Esa información que el Gobierno regional trasladó a los centros les resulta de especial utilidad ahora, cuando en todo el país se habla del veto parental, la medida que permite a los progenitores liberar a sus hijos de asistir a esas actividades si creen inapropiado su contenido. Se puso en marcha este curso en Murcia, donde gobiernan PP y Ciudadanos con el respaldo de Vox, partido que condicionó su apoyo a la implantación de esta novedad. El Ministerio de Educación ya le ha pedido al Gobierno de Murcia que retire esta medida y ha anunciado que si no lo hace, le llevará a los tribunales.

Según se les explicó a los directores de los centros en otoño, el veto parental «no tiene amparo en el ordenamiento jurídico del sistema educativo», han informado a Efe fuentes de la Consejería de Educación. También se les previno de que si alguien pedía la implantación del pin, se le debía explicar que dicha solicitud «no tiene fundamento jurídico y es incompatible con la autonomía pedagógica de los centros».

Las actividades complementarias son una exigencia curricular, son evaluables y se imparten en todos los centros y niveles de la educación obligatoria. Más o menos desarrolladas, aparecen en la Programación General Anual (PGA) de todos los colegios e institutos, esto es, en el documento que especifica los principios inspiradores del centro y su propuesta formativa para el curso.

Educación vial, reciclaje...

Muchos de estos PGA están en las webs de los centros, y un repaso por ellos permite conocer su contenido. La educación vial, el reciclaje de residuos, las visitas a instituciones o charlas de profesionales figuran entre las temáticas más habituales. Pero también otras que en ocasiones se asocian al veto parental, como la educación sexual o la identidad de género.

Se trata de parcelas de la realidad sobre las que la administración extremeña intenta informar a los escolares de la región. Valga como ejemplo un párrafo del listado de actividades complementarias del IES Emérita Augusta, de Mérida: «Participación en los talleres de educación afectivo-sexual que ofrece el Centro joven de planificación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura». También aparecen «charlas, talleres y actividades sobre el sida, con motivo del día mundial de esta enfermedad». Y «la visita al centro de un representante de alguna otra confesión reconocida por el Estado (musulmanes, judíos, protestantes)».

«Las actividades complementarias y extraescolares –define el IES Al-Qázeres, de Cáceres– se revelan como un instrumento fundamental para lograr todos los objetivos propuestos, y una oportunidad de aprendizaje más vívida a veces que el trabajo en el aula». Para el IES Bárbara de Braganza, de Badajoz, este actividades «contribuyen tanto a completar la formación académica de nuestro alumnado como a la adquisición de valores y actitudes que como la tolerancia y el respeto, son necesarios en la convivencia».

En todos los casos, estas actividades «son propuestas por los departamentos didáctivos y aprobadas en los claustros y en los consejos escolares (donde está representada toda la comunidad educativa, incluidos los padres de alumnos)», explica la Consejería de Educación y Empleo. «Ninguna actividad complementaria organizada por los centros –añade– es a priori susceptible de someterse al control parental, que lo que pretende es censurar determinadas actividades complementarias, lo cual sería ilegal».

La Consejería concluye dejando claro que «solo intervendría, a través de la Inspección Educativa, en el supuesto de que existiera alguna denuncia sobre la presunta ilegalidad de alguna de las actividades organizadas». Y eso, hasta hoy, no ha ocurrido.

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