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Despiden a una cocinera que no seguía los controles sanitarios en un centro de discapacitados

Zumos caducados, quesos sin etiquetar, lomo y magreta en mal estado son algunos de los ejemplos que han servido al juez para confirmar el despido disciplinario

Álvaro Rubio

Cáceres

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Domingo, 6 de octubre 2019

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Las alertas por alimentos en mal estado no han parado de activarse en el último mes. Primero fue por la carne mechada de las marcas La Mechá y Sabores de Paterna y luego por el chicharrón de La Montanera del Sur. Todas esas alarmas por listeriosis saltaron en Andalucía y ya han afectado a más de 200 personas y provocado tres fallecimientos. Son consecuencias que ponen de manifiesto lo grave que es que lleguen al consumidor productos que no han pasado los correspondientes controles sanitarios.

En la región extremeña no se ha dado un caso similar recientemente, pero sí se están empezando a conocer sentencias que castigan la falta de limpieza y desidia en las cocinas. De hecho, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) acaba de confirmar el despido de una cocinera en un centro de personas con discapacidad en una localidad de la comarca de La Serena por ese motivo.

Se trata de una empleada que trabajaba a tiempo completo para el centro. Lo hacía como jefa de cocina desde el día 16 de noviembre de 2011. Por ello recibía un salario de 1.206,54 euros mensuales con pagas extras prorrateadas.

La empleada ordenó tirar cajas con alimentos donados por Cruz Roja que estaban en buen estado

La Junta visitó la asociación y observó, entre otras deficiencias, moscas en la cocina y el comedor

Sus funciones se centraban en el cumplimiento de la jornada de todo el personal de cocina, organizar menús, compras y alimentos e informar de faltas, así como mantener en buen estado y limpia la cocina. Sin embargo, según el centro, la empleada no cumplía con todos sus cometidos.

Por esa razón le comunicó el despido mediante una carta en la que le informaban que desde el 15 de noviembre de 2018 ya no podía trabajar ahí y les especificaban detalladamente los motivos.

«No se encuentran disponibles en el tablón de cocina los cuadrantes de trabajo; no están los registros de control de temperaturas de cámaras frigoríficas y arcones, de limpieza, de entrada y salida de alimentos, del inventario de almacenes y del control de fecha de caducidad», se podía leer en dicha carta.

La dirección de la entidad incluso detalló algunos ejemplos. Verduras y frutas podridas en la cámara, lomo o magreta adobada en mal estado, queso sin etiquetar con fuerte olor sin saber la fecha de caducidad, medio tomate y unos huevos cocidos sin envasar, etiquetar o conservar correctamente en el frigorífico, varios zumos caducados, así como mantequilla sin refrigerar almacenada a alta temperatura en el almacén de productos no perecederos.

Además, las asociación de ayuda a personas con discapacidad argumentó que la empleada ordenó tirar cajas con alimentos en buen estado donados por Cruz Roja.

La entidad también denunció «una situación general de suciedad extrema en muebles, freidoras, recipientes, en zonas de trabajo, en maquinarias de pelar patatas, en azulejos, puertas, electrodomésticos, cámaras y hornos».

Para defender los argumentos de este despido la gerencia del centro presentó más de 30 fotografías y la declaración de testigos.

Además, la asociación dejó claro que en 2014 firmó un contrato con una empresa de control de plagas, de prevención de legionella y de formación en manipulación de alimentos para implantar un sistema con el que, entre otros aspectos, se llevaran a cabo análisis microbiológicos y físico químicos mensuales.

Asimismo, la Junta de Extremadura realizó varios controles desde el año 2016 a 2018 en los que hicieron observaciones. Según recoge la sentencia, entre otras deficiencias, encontraron alimentos elaborados a temperatura ambiente y sin protección, barreras antiinsectos no efectivas y presencia de un elevado número de moscas tanto en la cocina como en el comedor.

La empresa asegura que «estos hechos suponen una negligencia, una dejadez y un abandono en la manera de realizar el trabajo que, como consecuencia del mal estado de la comida que se relaciona, podían haber causado graves daños, incluso originarlos a las personas con discapacidad».

La empleada recurrió la sentencia del Juzgado de lo Social Número 3 de Badajoz en la que daban la razón a la empresa. Alegó que uno de los testigos no presenció directamente los hechos y por ello no se podía dar por veraz sus palabras. Ahora el TSJEx acaba de desestimar el recurso interpuesto por la empleada, que podrá acudir ante el Tribunal Supremo.

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