La crisis sanitaria aviva el interés por hacer testamento
Voluntad. Las notarías siguen abiertas pero sin apenas clientes, aunque se recuperan fórmulas para testar desde el domicilio o incluso el hospital
No hay datos oficiales de marzo porque el mes está recién terminado, pero los notarios extremeños perciben que se ha incrementado el interés en hacer testamento. La pandemia del coronovarius ha reactivado una opción, la de testar, desechada antes por muchos. «No sé si puedo usar la palabra miedo, pero sí decir que ahora hay más preocupación. Eso implica que antes de esta crisis había personas que ni se planteaban hacerlo y ahora sí», resume Ignacio Ferrer Cazorla.
Es notario en Cáceres y el decano del colegio notarial de Extremadura, la entidad que agrupa a 78 fedatarios públicos en la región, 44 en la provincia de Badajoz y 34 en la de Cáceres.
En sus notarías, declaradas como servicio esencial por el Gobierno, apenas hay actividad en estos días de alarma. Y menos aún presencia de clientes. «Solo se hacen servicios mínimos y urgentes, que realmente sean imprescindibles realizarlos ahora ante notario», indica Fernando Gutiérrez Valdenebro, con notaría en Mérida. «Como está ahora la situación casi nadie se mueve y menos una persona mayor, que no quiere pisar la calle», insiste.
Una realidad, la ralentización de la actividad presencial en las notarías, que se explica junto a otra paralela. «Ahora solo se va al notario porque se tenga imperiosa necesidad para firmar un documento ante el banco para conseguir liquidez económica. Tampoco hay presencia para hacer testamentos pero sí se están recibiendo llamadas consultando sobre la manera de hacerlo, sobre todo de personas mayores», especifica el decano del colegio.
«Esta crisis sanitaria ha incrementado la preocupación por estos temas. Una preocupación que antes de primeros de marzo no existía y ahora sí», subraya.
Fórmulas fuera de lo común
En este sentido, hay hasta cuatro fórmulas de poder hacer testamentos sin tener que trasladarse a una notaría. La más habitual pasa porque el titular se desplace al domicilio de la persona o, en su defecto, a la residencia.
«Antes era habitual ir una vez a las residencias. Ahora eso se ha cerrado. En cambio sí se producen todavía visitas de los notarios a domicilios particulares cuando se les requiere. Eso va en función de la voluntad de cada notario, que siempre es máxima», agrega Ferrer. «Hoy (por el martes) he autorizado a un notario de Badajoz ir a firmar un testamento a un domicilio», explica.
El Código Civil contempla diversos procedimientos legales admitidos para hacer testamento sin la obligada estancia en una Notaría. La más extendida ahora es la del testamento hológrafo. «Tengo constancia de llamadas de personas interesadas por esta fórmula e incluso se les ha facilitado un formulario de cómo poder redactar el escrito por parte de la persona que quiere hacer testamento así», informa el portavoz de los notarios extremeños.
Se denomina testamento hológrafo y se desarrolla entre los artículos 688 y 693 del Código. Lo escribe a mano el testador y lo debe firmar. La persona que tenga en su poder este testamento deberá presentarlo ante notaría en los diez días siguientes a aquel en que tenga conocimiento del fallecimiento del testador. Y el notario debe validarlo, protocolizarlo en el lenguaje jurídico. Para eso puede recurrir a peritos grafólogos para que certifiquen que quien ha hecho y firmado ese testamento es la persona que dice ser.
Mientras el artículo 701 del Código Civil permite el testamento en casos como el que estamos viviendo, una circunstancia desgraciadamente actual: «En caso de epidemia puede igualmente otorgarse el testamento sin intervención de notario ante tres testigos mayores de dieciséis años», se recoge desde 1889. Y sigue vigente.
Para que esta clase excepcional de testamento pueda otorgarse y sea válido no es necesario que el testador esté afectado, por ejemplo, de coronavirus. Se requiere la intervención de tres testigos mayores de 16 años, que deben conocer al testador y no pueden ser ni herederos «que en él fueran instituidos, sus cónyuges, ni los parientes de aquéllos, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad», según el artículo 682.
Testar sin ir a notaría
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Testamento hológrafo. Escrito y firmado a mano por el que quiere testar. Posteriormente un notario lo legalizará y para ello comprobará con peritos que la escritura es la de la persona que deja testamento, entre otras circunstancias.
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Testamento en tiempo de epidemia. En él se explica a tres personas su voluntad para que lo reflejen por escrito. No es necesario que se firme. Cuando pase la epidemia, si el testador ha sobrevivido, queda sin efecto y deberá hacer uno normal.
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Testamento ante riesgo evidente de muerte. Otra opción recogida en el Código Civil. Igual que el anterior pero se necesita a cinco personas como testigos por parte del testador. En caso de estar aislado en un hospital lo normal es que esos testigos sean personal sanitario.
Cuando pasa la epidemia, si el testador sigue vivo, el testamento queda sin efecto y habría que hacer uno convencional, esto es, cerrado, ante un notario.
Por último aparece igualmente como modalidad extraordinaria el denominado testamento en inminente peligro de muerte. Se requiere que el testador enfermo se encuentre en una situación de urgencia en la que «no sería razonable esperar la llegada de un notario; por tanto, ha de coincidir la gravedad de la enfermedad con la imposibilidad de asistencia de notario», se explica desde la Enciclopedia Jurídica.
La presencia del fedatario público es sustituida por cinco testigos mayores de 16 años, y el testamento, siempre que sea posible, se otorgará por escrito. Caduca transcurridos dos meses desde que haya salido el testador del peligro de muerte o, si fallece y no se protocoliza, en los tres meses siguientes.
«Este tipo de testamento y los dos anteriores son excepciones porque son testamentos abiertos, sin notarios, pero existen», remarca Ignacio Ferrer Cazorla.