Una clínica de Badajoz debe pagar la reintervención de una mujer tras un aumento de pecho
La clínica consideró imprudente que mantuviera una relación sexual a los siete días, pero la Audiencia ha hecho valer la garantía
Una cadena de clínicas especializadas en operaciones de cirugía estética ha sido condenada a costear la reintervención a la que tuvo que ser sometida ... una mujer que sufrió una complicación siete días después de que le practicaran en Badajoz una intervención de aumento de pecho.
La clínica exigió a la paciente los casi 5.000 euros que costó esa segunda operación al considerar que el hematoma que presentaba no habría aparecido si la mujer hubiese guardado reposo (la complicación surgió tras mantener una relación sexual), una pretensión que rechaza la Audiencia al considerar que la publicidad de esa clínica garantizaba la reintervención quirúrgica incluso si la complicación era responsabilidad de la propia paciente.
En la sentencia se explica que la afectada firmó el contrato para le colocasen una prótesis anatómica Sebbin en marzo de 2019 por un importe de 5.100 euros. Esa cantidad incluía las consultas médicas, la historia médica completa, preoperatorio (analíticas incluidas), valoración preanestésica, intervención sin ingreso, medicación intervenida (otra medicación no incluida), anestesia y cirujano, equipo quirúrgico, revisiones y curas quirúrgicas, quedando excluidas de forma expresa la medicación ajena a esa intervención, el sujetador y cualquier prueba adicional, consulta externa o atención de urgencias.
La publicidad garantizaba que todos los gastos derivados de una segunda operación serían cubiertos por la clínica
Junto con el contrato se entregó a la paciente el protocolo de urgencias hospitalarias, en el que se indicaba que en caso de quemazón, inflamación o sangrado debería acudir a un centro privado, «sin que la factura de los honorarios prestados en el contrato firmado cubriera esos gastos».
Finalmente, la intervención se realizó en abril de 2019 y un día después recibió el documento con el alta, donde se decía que la evolución era satisfactoria y se indicaba «como tratamiento que la paciente no podía mover los brazos, que debía usar sujetador de forma continua y tomar distintos medicamentos».
Una semana después la paciente notó una inflamación en la prótesis mamaria y una hemorragia «tras realizar un movimiento brusco en el curso de una relación sexual».
Tras informar de lo sucedido (la primera intervención se le realizó en una clínica privada de Badajoz) le indicaron que debía ser intervenida con urgencia en Madrid. Para ello firmó un documento en el que se recogía que «al no cumplir las recomendaciones postquirúrgicas» se comprometía a correr con los gastos de quirófano, servicios médicos profesionales, servicio de urgencia y otros gastos ocasionados, que no entran dentro de la garantía».
La paciente fue intervenida en Madrid «por hematoma a tensión» y se le practicó drenaje, limpieza y control de sangrado. Un día después le dieron el alta y tras ser informada de que los honorarios ascendían a 4.836,48 euros recibió un burofax en el que se le comunicaba la obligación de hacer frente a la factura.
En ese momento decidió denunciar a la clínica por delitos de coacciones y lesiones, unos supuestos hechos que fueron sobreseídos por el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz. Pero ese revés judicial no desanimó a la mujer, convencida de que la clínica debía hacerse cargo de esa segunda operación porque publicitaba esa garantía de reintervención en sus anuncios publicitarios.
Ese nuevo pleito fue visto en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Badajoz, que rechazó de nuevo sus pretensiones. Por esta razón recurrió a la Sección Civil de la Audiencia Provincial de Badajoz, que ha dictado ahora una sentencia que obliga a la clínica a hacer frente a esos gastos.
No hubo negligencia médica
En este nuevo fallo se considera probado que la inflamación de la mama derecha no se debió a una negligencia médica sino al «esfuerzo brusco» que hizo la paciente en el curso de un acto sexual.
También coincide con el juzgado de primera instancia en que la paciente fue informada verbalmente y por escrito de la obligación de guardar reposo. «Cuando fue dada de alta, como tratamiento y entre otras cosas, se le prescribió no mover los brazos. Esto es, guardar reposo. Nada de particular tenía tal prescripción, porque en intervenciones de este tipo es de general conocimiento que la persona operada debe conducirse con cuidado y ha de evitar esfuerzos (...). La actividad sexual en función de cómo se desarrolle estaba contraindicada porque, según los casos, puede exigir una importante actividad física», prosigue el fallo.
Pero aunque la Audiencia no duda de que la clínica advirtió a la mujer de esta circunstancia, cree que eso no la exime de hacer frente al coste de la segunda operación porque en su publicidad garantizaba a las pacientes que la propia clínica se haría cargo de intervenciones posteriores si surgía alguna complicación.
«La posible imprudencia cometida por la señora no condiciona la suerte de la garantía comercial», añade el auto firmado por el presidente de la Audiencia, Luis Romualdo Hernández Díaz-Ambrona, en el que se indica que quedaban cubiertos «todos los gastos de cualquier reintervención derivada de una complicación durante el primer año tras la cirugía; todos los gastos derivados de una reintervención en caso de rotura o encapsulamiento durante el primer año tras la cirugía; y el coste de las prótesis en caso de reintervención por rotura o contractura capsular de por vida para prótesis Sebbin».
De este modo, la Audiencia Provincial hace prevalecer la garantía que publicitaba la clínica sobre el contenido del contrato que firmó, «La reintervención no comporta coste alguno», concluye un fallo en el que se determina que lo contrario infringiría el artículo 10 del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, donde se declaran nulos los actos realizados en fraude de ley.
«La clínica no actuó con buena fe ni transparencia», insiste una sentencia que obliga a la clínica a hacerse cargo de los 4.836 euros de la reintervención.
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