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Ana B. Hernández
Viernes, 23 de diciembre 2016, 23:24
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Aunque el fallo no es firme, porque cabe recurso de casación ante el Supremo, el examen de camarero-limpiador, de la convocatoria de 2010, no se tendrá que repetir. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha rechazado el recurso de apelación de una opositora y ratificado así el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Mérida que, en una sentencia de 18 de noviembre de 2013, ordenó la repetición del proceso selectivo de camarero-limpiador a partir del segundo examen, pero que en otra posterior, del pasado mayo, dijo lo contrario.
Primero dio la razón a la opositora que recurrió en vía judicial la relación de aprobados porque, según argumentó, el tribunal de selección de ese proceso no informó a los aspirantes de los criterios de corrección del ejercicio antes de su realización, sino después. Por lo que ordenó que se repitiera la prueba a partir de ese segundo ejercicio.
Sin embargo, en el fallo del pasado mayo rechazó la repetición del examen, para evitar el daño a terceros, a todos los que lograron plaza en propiedad tras ese proceso selectivo y, en su lugar, como medida para ejecutar su sentencia, propuso que se le guardara a la aspirante la nota del primer examen de la convocatoria de 2010 y se presentara al segundo examen de la nueva convocatoria que se desarrolla desde el verano. La aspirante recurrió en apelación al TSJEx, que ratifica el fallo del juzgado emeritense porque considera que con su propuesta se ejecuta la sentencia sin perjudicar a los que lograron plaza entonces.
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