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Imagen de archivo de una intervención en quirófano
Condenan al SES por dejar un tubo en el abdomen de una paciente

Condenan al SES por dejar un tubo en el abdomen de una paciente

Deberá indemnizarla con 15.000 euros por el drenaje olvidado y no haberla informado de lo sucedido

Ana B. Hernández

Sábado, 20 de agosto 2016, 00:18

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Mérida ha condenado al Servicio Extremeño de Salud (SES) a indemnizar con 15.000 euros a una paciente a la que se dejó en su abdomen un drenaje durante alguna de las dos intervenciones a las que se sometió en los años 1998 y 2006.

El drenaje olvidado le fue retirado durante una operación posterior de vesícula que se le hizo en enero de 2014, a pesar de que fue dos años antes, en octubre de 2012, cuando le fue detectado el objeto en el abdomen con motivo de una ecografía que se le hizo para averiguar a qué se debían los dolores que presentaba en ese momento.

Tras la misma se constató que la paciente tenía piedras en la vesícula y, por ello, fue incluida en la lista de espera quirúrgica para ser sometida a una nueva intervención. Es la que se le practicó en enero del año 2014 y, aprovechando la misma, el drenaje olvidado le fue retirado.

El SES ha alegado en su defensa, para rechazar el pago de la indemnización, que el drenaje no ha ocasionado ningún problema de salud a la paciente. Sin embargo, y aunque la jueza ratifica este argumento, no le vale: «La obligación del profesional de la medicina es de medios y no de resultados, es decir, la obligación es de prestar la debida asistencia médica y no de garantizar en todo caso la curación del enfermo». Por eso la jueza considera que los facultativos que dejaron olvidado el drenaje en el abdomen de la mujer no actuaron de forma correcta.

Consentimiento informado

«Si lo anterior ya sería suficiente como para estimar la demanda continúa la jueza, no podemos dejar de hacer referencia a la absoluta falta de consentimiento informado por la paciente para la retirada del drenaje». Porque la paciente no fue informada de que tenía un tubo en su cavidad abdominal ni tras ser detectado el mismo en la ecografía que se le hizo en 2012 ni durante la operación en la que le fue retirado.

«Nadie antes de la retirada le advirtió de la presencia del mismo y nadie, en el momento de ser operada de vesícula operación respecto de la cual tampoco consta en el expediente consentimiento informado le dijo a la recurrente que además de operarle de vesícula le iba a ser retirado un drenaje».

La magistrada concluye que esa falta de información «supone una vulneración flagrante del derecho a la información que tiene cualquier paciente que ha de ser indemnizado».

Por todo ello estima el recurso interpuesto por la paciente y condena al SES, en sentencia firma, a pagarle 15.000 euros, declarando nula la resolución del órgano autónomo, de fecha 15 de enero de 2016, por la que desestimó la reclamación patrimonial en vía administrativa.

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