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El Tratado de Alcañices

JOSÉ MARIA GONZÁLEZ-HABA ABOGADO

Jueves, 3 de septiembre 2015, 00:33

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EL arzobispo de Toledo, D. Rodrigo Jiménez de Rada (1209-1247), en 1222 compró al conde Alfonso Téllez treinta y un pueblos que había conquistado a los árabes en las Tierras de Talavera, colindantes con Extremadura. Y El Tratado de Alcañices fue un acuerdo bilateral entre los reinos de Castilla y León y el reino de Portugal, que al ser el rey Fernando IV, rey de Castilla y León, menor de edad, en su nombre firmó su madre, la reina María de Molina, viuda de Sancho IV el Bravo, y por Portugal su rey Dionisio I, señalando la frontera entre dichos reinos. Fue rubricado el día 12 de septiembre de 1297, en el municipio zamorano que le da nombre, marcando una de las fronteras más antiguas de Europa.

Y lo más importante de este tratado para Extremadura, que Talavera (luego de la Reina) y sus tierras, reino de Toledo, pasaron a Extremadura, reino de Castilla. Partición respetada hasta 1785, que reinando Carlos III, redujo nuestros límites, perdiendo Talavera de la Reina y sus pueblos orientales más ricos que pasaban a Toledo. Pero en 1833, con la división de España en provincias, Extremadura se fragmentó en Cáceres y Badajoz. Guadalupe y otros diez pueblos extremeños, que fueron toledanos, quedaron en Cáceres, diócesis de Plasencia, y otros veinte pueblos que también fueron toledanos, quedaron en Badajoz; donde siguen, pero perteneciendo aún, absurdamente, a la Iglesia de Toledo, porque son los treinta y un pueblos que compró el arzobispo Jiménez de Rada al conde Alfonso Téllez en 1222 y que pese al Tratado de Alcañices, por el que Talavera y sus Tierras pasaron a Extremadura, arreglado en parte en 1833, lo civil, pero no lo eclesiástico a tenor de los arts. 5 y 10 del Concordato de 1851, entre otras muchas disposiciones.

Así, pues, si según la tradición y la leyenda, a finales del siglo XIII o principios del XIV, a un pastor extremeño que en una finca al lado del río Guadalupe o Guadalupejo buscaba una vaca extraviada se le apareció la Virgen María, donde ahora está el Monasterio con la imagen de la Virgen y, en septiembre de 1297, por el Tratado de Alcañices, Talavera y sus tierras pasan al termino de Extremadura, ¿a qué región pertenecían las tierras donde se apareció la Virgen María a finales del siglo XIII o principios del XIV a tenor del Tratado de Alcañices? Y si fue en el siglo XIV, entendemos, respetuosamente, que no pertenecían a Toledo porque en la Iglesia, desde los tiempos más remotos, desde el Concilio de Calcedonia, que renueva y confirma los decretos de los anteriores cánones Apostólicos y de los Concilios de Nicea y Antioquia que, «el obispo encargado de una diócesis, se reduzca a los límites que se le han señalado, sin penetrar jamás en territorio extraño, e introducir en las iglesias la confusión y la discordia». Para más abundamiento, si la aparición hubiese ocurrido antes del 12 de septiembre de 1297, ¿no iba a constar de alguna manera en el Tratado de Alcañices? Por ello, tenemos que preguntarnos, ¿con qué fundamentos el Arzobispado toledano mantiene esos derechos sobre tales bienes extremeños? Si el Concordato del 1851 en su art. 10 ordena: «Los MM. RR. Arzobispos y RR. Obispos extenderán el ejercicio de su autoridad y jurisdicción ordinaria a todo el territorio que en la nueva circunscripción quede comprendido en sus respectivas diócesis, y por consiguiente, ''». Toledo ¿actúa en el territorio extremeño con los mismos «poderes» con que introdujo en el territorio diocesano de Toledo los dominios de las luego diócesis de Ciudad Real, Madrid, Getafe, Alcalá, Albacete y parte de la provincia de Guadalajara? Esto es, por «su poder»? No debemos olvidar que «así nos dicen consiguió el inmenso territorio eclesiástico que tuvo la archidiócesis de Toledo D. Rodrigo Jiménez de Rada, que estudió Derecho en Bolonia, Teología y Filosofía en Paris y tenía una cultura superior a la que tenían la mayor parte de los hombres cultivados de su época. Sabía varios idiomas, a más de los clásicos, el árabe, el hebreo y varias lenguas romances. Era amigo de los Papas y su legado pontificio en varios Concilios; y participó en el Concilio de Letrán (1215) y en el de Lyon (1245)». Y ordenó «sabiamente» su arzobispado. Fue amigo y asesor de Fernando III, de Alfonso VIII. «Además del engrandecimiento territorial del señorío toledano gracias a esas conquistas y a donaciones y compras, trabajó intensamente por su archidiócesis de otras maneras».

Y ¿al señor arzobispo le indujo a ello solo la tan traída y llevada «defensa de la cristiandad» ante el empuje del «moro» o porque le proporcionaba enorme poder y dinero? como lo refiere el Boletín Oficial de la Archidiócesis de Toledo del año 2002.

Por fin, en 1785, los Papas accedieron a la desmembración de la archidiócesis toledana, pero los 31 pueblos extremeños continúan en Toledo pese a ser civil y eclesiásticamente extremeños. Madrid, capital del reino, no tiene obispo hasta el 7 de marzo de 1885. Tampoco nos ha sido útil el «», ni el nuevo Código de Derecho Canónico en sus cánones 368,369, entre otros.

Los extremeños de septiembre de 2015, no comprendemos que normas tan claras, tan necesarias para un buen orden y tan racionales, como las comentadas, su cumplimiento no sea exigido por Roma. Y un tanto confundidos nos preguntamos: En la Iglesia ¿Quién tiene la potesta?

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