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Roberto López Abad, ex director general de la CAM. Efe
La cúpula de la CAM, condenada a dos años de cárcel por las dietas millonarias

La cúpula de la CAM, condenada a dos años de cárcel por las dietas millonarias

El exdirector López Abad es sancionado también con una multa de 48.000 euros, y cuatro antiguos consejeros con un año y medio de prisión

e. m.

Madrid

Martes, 20 de noviembre 2018, 20:15

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Nuevo varapalo judicial para la cúpula de la extinta CAM. La Audiencia de Alicante condenó ayer a dos años y medio de prisión y el pago de una multa de 48.000 euros a su ex director general, Roberto López Abad, y a un año y medio y a pagar 21.000 euros a cuatro consejeros por el cobro irregular de dietas millonarias de parte de Modesto Crespo, el que era presidente y que ha sido condenado a nueve meses de cárcel.

Estos seis encausados son declarados autores de un delito de apropiación indebida agravada, según recoge el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). En cambio, absuelve a otros quince antiguos miembros del consejo de administración de la Caja de Ahorros del Mediterráneo, a los que la Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular exoneraron de responsabilidad durante el juicio, celebrado entre los pasados meses de junio y julio.

Crespo llegó a un acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones particular y popular por la que admitió haber percibido de forma irregular 600.000 euros brutos como presidente de Tinser Cartera SL, una sociedad participada por la caja, y se declaró culpable de un delito de apropiación indebida agravada. Crespo aceptó una pena de nueve meses de prisión, una multa de 9.000 euros y devolver el dinero cobrado.

Ahora la Audiencia de Alicante valida ese acuerdo y condena a los otros cinco procesados comentados: además de López Abad, los antiguos miembros de la comisión de retribuciones, José Forner, Antonio Gil-Terrón, Luis Esteban y Martín Sevilla.

Cargos «gratuitos»

El problema es que en los estatutos de la caja alicantina, con 130 años de historia y que fue intervenida por el Banco de España en julio de 2011 antes de ser vendida por un euro al Banco Sabadell, se establecía que los cargos de consejero general o presidente tendrían «carácter honorífico y gratuito» y no podrían generar remuneraciones distintas de las dietas por asistencia a reuniones o gastos de desplazamiento que aprobase la asamblea general.

Sin embargo, según recoge la sentencia de la Audiencia de Alicante, en 2009 López Abad y Modesto Crespo actuaron «en connivencia» e «idearon un plan para burlar la prohibición estatutaria». Los miembros de la comisión de retribuciones aceptaron esa propuesta que, según los magistrados, era «inasumible» pues «vulneraba lo dispuesto en los estatutos y la política retributiva de los consejeros por ellos fijada». El consejo de administración dio a su vez el visto bueno al nombramiento de Crespo como presidente de Tinser Cartera SL en una reunión celebrada el 27 de noviembre de ese año.

Por ello, el tribunal entiende que no ha quedado acreditado que se sometiera a la consideración del consejo los emolumentos del presidente «ni mucho menos» su carácter retroactivo, por lo que exculpa a 15 de los 21 acusados.

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