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Rodrigo Rato, el día de la salida a Bolsa de Bankia. Efe / Vídeo: EP

Absueltos Rato y los acusados por la salida a Bolsa de Bankia

La sentencia destaca que esa operación contó con la aprobación del Banco de España y la CNMV

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Martes, 29 de septiembre 2020, 10:16

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La Audiencia Nacional ha absuelto al que fuera presidente de Bankia, Rodrigo Rato, así como a los otros 33 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia en 2011, quienes se enfrentaban a penas de cárcel por los supuestos delitos de estafa a los inversores y falsedad contable. El también exvicepresidente económico del Gobierno y exdirector del FMI se enfrentaba a ocho años y medio de prisión.

La resolución del juzgado se hace pública apenas una semana después de que Bankia anunciara su acuerdo de integración con CaixaBank, una operación que se ha colado en los últimos días de elaboración del propio fallo, que exonera de cualquier responsabilidad penal a los directivos que en 2011 decidieron que la entidad que aglutinaba a las antiguas cajas de ahorros (Caja Madrid, Bancaja, Caja de Canarias, Caixa Laietana, Caja La Rioja, Caja Ávila y Caja Segovia) debía dar el salto al mercado bursátil en plena crisis económica y financiera.

En la entidad, ahora presidida por José Ignacio Goirigolzarri, respiran aliviados tras el fallo, al entender que no supondrá un bache en el camino iniciado a principios de mes para unirse a CaixaBank. También la entidad de origen catalana ve despejado el futuro ante cualquier traba judicial y de reputación que habría supuesto absorber a Bankia con una condena penal a sus antiguos gestores encima de ellos.

El texto insiste en que aquella salida a Bolsa contó con la aprobación de todos los supervisores, como el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Gobierno a través del FROB (Fondo de Reestructuración Bancaria), e incluso las instituciones europeas por medio de la Autoridad Bancaria (EBA). La sala considera que el folleto por el que la entidad publicitó la operación contenía una «amplia y certera» información financiera y no financiera. Además, apuntan que durante el juicio solo se expusieron actitudes genéricas de los acusados y no actos concretos por los que se les pueda imputar delito.

Bankia salió a Bolsa el 20 de julio de 2011, cuando estaba presidida por Rodrigo Rato, en un contexto de crisis condicionado por la necesidad extrema de obtener capital por parte de las entidades. Entonces valía 3,75 euros por acción (en un año, la cotización se desplomó más de un 80%), con una inversión en la que el 60% de la operación fue dirigida a inversores minorisas, fundamentalmente sus clientes, a los que se les instaba desde las sucursales a convertirse en 'banqueros'.

Entonces Bankia aseguraba tener beneficios, aunque un año después reformuló sus cuentas y arrojó unas pérdidas superiores a los 3.000 millones de euros. Ahí comenzó la debacle, que culminó con la salida de Rato de la presidencia y el rescate del grupo por parte del Estado con una inyección superior a los 22.000 millones de euros de los que ha devuelto algo más de 3.000 millones.

Rodrigo Rato se encuentra cumpliendo la condena de cuatro años y medio impuesta por el caso de las 'tarjetas black' de Caja Madrid, aunque disfruta de la semilibertad desde mediados de año. Por su parte, con esta absolución por la salida a Bolsa, también quedan exonerados de toda culpa José Luis Olivas, quien fuera vicepresidente de Bankia, y conocidos consejeros de la entidad como el exministro Ángel Acebes.

La resolución de la Sección Cuarta parte del proceso de fusión de hasta siete cajas de ahorro en BFA, en 2010, en lo que considera que «fue impulsada por las autoridades económicas y financieras« y que estos organismos ejercieron una «fuerte presión» para que se acometieran procesos de integración en el sistema financiero español, con el objetivo de lograr a corto plazo reforzar la solvencia e incrementar la capacidad de soportar escenarios de extrema morosidad en el marco de un fuerte deterioro del ciclo..

Además, insiste en que «tanto decisión de salir a Bolsa como la determinación de hacerlo» fueron «enteramente contempladas» por el Banco de España, cuyo gobernador era entonces Miguel Ángel Fernández Ordóñez, que además las aprobó «después de calibrar las ventajas y los inconvenientes que dichas decisiones conllevaban». Para la Audiencia Nacional, el proceso que culminó con la salida a Bolsa de Bankia «fue intensamente supervisado con éxito por el Banco de España, la CNMV, el FROB y la EBA, contando en definitiva con la aprobación de todas las instituciones».

Sobre el folleto de salida a Bolsa apunta que la información que contenía sobre todo el proceso era «más que suficiente para que los inversores mayoristas y minoristas se formasen un criterio razonado sobre el valor de la compañía que se estaba ofertando». E insiste en que se trataba de una información que «había sido elaborada con la supervisión y obedeciendo a los requerimientos del Banco de España, siendo luego refrendada por la CNMV al registrar el folleto».

Sin embargo, esta postura contrasta con la del Tribunal Supremo, cuyo fallo llegó a anular esa salida a Bolsa ante «la grave inexactitud del folleto y el error padecido por los demandantes». Aunque el Alto Tribunal diferenció ese proceso civil con el penal al que se enfrentaban Rato y el resto de la cúpula de Bankia y por el que han quedado ahora absueltos. A principios de 2016, el Supremo obligó a devolver a los pequeños inversores las cantidades invertidas en su momento por el salto al parqué de la entidad. Al contrario de lo que ocurrió con los grandes inversores, que sí tienen medios suficientes para conocer el trasfondo de la inversión que realizaban. que, a diferencia de lo que puede ocurrir con inversores más cualificados, carecen de otros medios de obtener información sobre los datos económicos relevantes para tomar la decisión de comprar las acciones- está suficientemente razonado en las sentencias.

Ante esa sentencia, Bankia inició un proceso de devolución de las inversiones entre pequeños accionistas por el que les abonó unos 1.900 millones de euros a unas 225.000 familias. No ocurrió lo mismo con grandes inversores, con los que aún mantiene disputas judiciales por aquella operación.

La Audiencia Nacional recuerda que el Fiscal, en sus conclusiones provisionales manifestaba que la información económica y financiera que Bankia suministró al mercado con ocasión de la salida a Bolsa «no puede calificarse materialmente de falsa en la medida de que no vulneraba la normativa entonces vigente y cumplieron las exigencias del regulador, que llegó a autorizar expresamente algunas decisiones contables» aunque «no contribuyeron a que la imagen fiel de la entidad luciera adecuadamente».

 Una de las consideraciones más relevantes extraídas de la sentencia destaca que durante el juicio hubo una ausencia de actos concretos atribuidos a los acusados. Y esa falta de menciones concretas fue predominante durante todo el proceso. «Resulta también destacable la ausencia de menciones especificas a las personas acusadas por parte de los numerosos testigos que, después de haber prestado exhaustivas declaraciones en fase de instrucción, lo volvieran a hacer en juicio, y también por parte de los peritos, o de referencias documentales etc. de contenido incriminatorio». Durante el juicio «nadie los nombró, ni para bien ni para mal, de manera que la mayoría de las personas acusadas, cayeron en el olvido», según el fallo.

También hace referencia el texto legal a los famosos correos electrónicos del inspector del Banco de España, José Antonio Casaus, enviados en 2011 a otros integrantes del supervisor donde alertaba sobre el peligro de Bankia. En ellos se plasma «el parecer» del inspector, con «opiniones» que «no tuvieron nunca reflejo en documento oficial alguno».

 

 

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