ESPACIO NATURAL
LA COLUMNA ·
ALFONSO AGUADO
Viernes, 29 de julio 2022, 12:53
Pasados los momentos de euforia tras el reconocimiento de la montería y la rehala como bien de interés cultural de carácter inmaterial en Extremadura, toca analizar su verdadero alcance. Como señala el Decreto 84/2022 de 28 de junio de la Junta de Extremadura, uno de los motivos por los que una actividad o tradición de transmisión consuetudinaria recibe este reconocimiento, es por su vinculación al terreno. Esta mención tiene como referente la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultura Inmaterial, aprobado por la UNESCO en París el 17 de octubre de 2003. Este acuerdo internacional, en su art. 2, introduce como uno de los elementos esenciales de esta figura, su relación con el entorno y su interacción con la naturaleza, siendo uno de los requisitos básicos, su interacción con el desarrollo sostenible. Si la montería y la rehala han sido reconocidas como patrimonio cultural inmaterial es debido a que estas actividades, transmitidas de padres a hijos, forman parte indisoluble del campo extremeño dotándole de una identidad propia. Se reconoce así, oficialmente, la contribución de estas actividades cinegéticas al mantenimiento del equilibrio de los ecosistemas. Nada impide que en Extremadura se considere, a partir de ahora, la montería y la rehala, además de herramientas de gestión de las poblaciones, como un uso y costumbre tradicional, beneficioso para el mantenimiento del equilibrio natural. Puede que haya llegado el momento de dar un paso más en la consideración de estas instituciones tradicionales de la actividad cinegética extremeña, como un elemento más para la conservación de aquellos espacios naturales.